Alcobendas (BOCM-20240320-49)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM

MIÉRCOLES 20 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 68

En la misma se irá cumplimentando la información y se adjuntará el Curriculum Vitae
que acredite los méritos alegados por cada aspirante.
También podrá remitirse mediante las formas previstas en el Artículo 16.4 de la Ley 39/2015
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
El hecho de presentar la solicitud implicará que la persona aspirante reúne los requisitos exigidos y autoriza la exposición de sus datos personales en la Web, el Tablón de anuncios y en la Intranet Municipal de este Ayuntamiento.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles, contados desde el día hábil siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín
Oficial del Estado”.
Base 7.a Procedimiento de adjudicación.—La Dirección General de Gestión de Talento, junto con el Área demandante del puesto, realizará la revisión de los méritos de cada
candidato/a. Cuando lo considere oportuno, podrá contar con los/as asesores/as necesarios.
Durante la valoración de las solicitudes recibidas, podrán recabar formalmente a los
interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, pudiendo entrevistar a las personas candidatas presentadas en la convocatoria si fuera procedente.
Se valorará especialmente la experiencia y conocimiento de:
— Planificación, organización y coordinación de Procesos Electorales.
— Desarrollo e implantación de los procesos relacionados con la gestión del Padrón
Municipal.
— Gestión de bases de datos en relación con INE y la Oficina de Censo Electoral.
— Dirección, organización y coordinación de equipos de trabajo.
— Planificación y gestión de procesos.
— Administración electrónica y plataforma de intermediación.
— Estrategia y toma de decisiones.
— Técnicas de dinamización de equipos y gestión de conflicto.
— Contratación pública.
— Sistemas de calidad ISO, EFQM, FUNDIBEQ.
— Protección de datos.
— Participación en grupos de trabajo transversales.
— Desarrollo y Habilidades de Liderazgo.
— Procedimientos específicos del Servicio de Padrón y Servicios Generales.
— Asistencia a Cursos, Congresos, Seminarios y Jornadas u otra formación sobre
materias relacionadas con las funciones propias del puesto convocado.
Base 8.a Resolución del proceso y nombramiento.—Finalizado el procedimiento de
adjudicación, la Dirección General de Gestión de Talento publicará el resultado del proceso selectivo dentro de la propia convocatoria en https://alcobendas.convoca.online/ , así
como en la Intranet Municipal y en el Tablón de anuncios.
En la resolución del proceso se indicará el nombre del candidato/a al que se le adjudica el puesto.
El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.
Base 9.a Régimen de recursos.—Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede
del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, con arreglo a lo dispuesto en los
artículos 8.1, 14.1.2.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Decreto 3504
Siendo necesario proceder a la provisión de un puesto de Jefe/a atención ciudadana,
adscrito al Centro Gestor 332 “ Atención Ciudadana” (puesto 71, dotación 1), e incluido en
el Catálogo de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento, por el procedimiento de Libre Designación no abierto a otras Administraciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.

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