C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240319-10)
Bases premios Bachillerato –  Orden 589/2024, de 4 de marzo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la Orden 783/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen para la Comunidad de Madrid las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Bachillerato derivados de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa
4 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 54

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 67

En cuarto lugar, dado que uno de los fines de estos premios es dar reconocimiento oficial a los méritos basados en el esfuerzo y en el trabajo del alumnado que cursa los estudios
de Bachillerato con excelente rendimiento académico, se introduce un cambio en el tercer
criterio de desempate sustituyéndose el criterio de ordenación de los participantes según la
letra establecida en sorteo público por el criterio de mejor calificación obtenida en segundo curso de Bachillerato, en sintonía con la finalidad de estos premios.
Por último, se actualizan los lugares de presentación de las solicitudes, de aportación
de documentación y de autorización de consulta de datos, en base a la legislación vigente.
En la elaboración y tramitación de la presente disposición normativa se han respetado
los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Esta norma respeta los principios de necesidad y eficacia, puesto que es conveniente fijar reglamentariamente la regulación de estos premios de acuerdo a la normativa vigente,
siendo la regulación imprescindible para alcanzar la finalidad a la que se dirige, dando respuesta al interés general.
Por otra parte, la Orden es proporcional a la finalidad que se pretende conseguir, incluyendo solamente las modificaciones que resultan imprescindibles para regular de manera adecuada los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Madrid.
Se respetan, además, los principios de seguridad jurídica y de eficiencia, al ser coherente con el resto del ordenamiento jurídico vigente tanto a nivel autonómico como nacional y de la Unión Europea, y no generar nuevas cargas administrativas con respecto a las ya
existentes.
También se garantiza el principio de transparencia mediante la publicación de esta Orden y de los documentos propios del proceso de elaboración en el portal de transparencia
de la Comunidad de Madrid.
Por lo que respecta a la tramitación, en la elaboración de la presente disposición normativa se han recabado los informes de la Dirección General de Igualdad, en materia de impacto por razón de género, así como de análisis y valoración del impacto por razón de orientación sexual e identidad y expresión de género; de la Dirección General de Infancia,
Familia y Fomento de la Natalidad, de impacto en materia de familia, infancia y adolescencia; y de la Dirección General de Atención al Ciudadano y Transparencia. Asimismo, han
emitido su preceptivo informe la Secretaría General Técnica, la Abogacía General y la Intervención Delegada de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid y las restantes normas de Derecho Público que regulan las subvenciones y demás que resulten aplicables, y en uso de las competencias atribuidas por el
Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
DISPONGO
Artículo único

Uno. Se modifica el título de la Orden que queda redactado en los siguientes términos:
“Orden 783/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen para la Comunidad de Madrid las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Bachillerato”.
Dos. El artículo 1, queda redactado en los siguientes términos:
“Objeto y ámbito de aplicación.
La presente Orden tiene por objeto establecer para la Comunidad de Madrid las bases
reguladoras de los Premios Extraordinarios de Bachillerato”.
Tress. El artículo 4.3, queda redactado en los siguientes términos:
“3. Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 puntos de las calificaciones obtenidas en los cursos de cualquiera de las modalidades de Bachillerato. Para obtener

BOCM-20240319-10

Modificación de la Orden 783/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Educación,
Juventud y Deporte, por la que se establecen para la Comunidad de Madrid
las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Bachillerato derivados
de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.