B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240318-17)
Concurso de méritos –  Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca concurso de méritos por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de personal sanitario del Grupo A, Subgrupo A2, del Servicio Madrileño de Salud, que se relacionan en el Anexo I
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B.O.C.M. Núm. 66

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE MARZO DE 2024

progresiva asunción por el interesado de la responsabilidad inherente al ejercicio autónomo
de la misma. Dicha norma establece asimismo que la posesión del título de especialista será
necesaria para utilizar de modo expreso la denominación de especialista, para ejercer la profesión con tal carácter y para ocupar puestos de trabajo con tal denominación en centros y
establecimientos públicos y privados.
Las profesiones sanitarias de enfermero/a especialistas en ciencias de la salud, por la naturaleza y cualificación de las funciones de asistencia sanitaria que desempeñan, requieren
por tanto, de una previa formación sanitaria y de las correspondientes pruebas de evaluación
para alcanzar la obtención del título de especialidad que les habilita para el ejercicio de la
profesión, según lo establecido en el artículo 17.2 de la Ley 44/2003, de 21 noviembre, de
ordenación de las profesiones sanitarias.
El sistema de formación sanitaria especializada implantado en España, tal como dispone asimismo la Ley 44/2003, mediante la residencia en centros acreditados, para acceder
a la titulación de especialista en ciencias de la salud, como el EIR (Enfermero Interno Residente), proporciona una capacitación avanzada y especializada en sus respectivos campos. El acceso a la formación sanitaria especializada se efectúa a través de una convocatoria anual de carácter nacional.
Los programas de formación, elaborados por las respectivas Comisiones Nacionales
de la Especialidad y cumpliendo las preceptivas normas de la Ley de ordenación de las profesiones sanitarias, combinando teoría y práctica clínica en diferentes servicios y unidades
médicas incluyen la participación del especialista en formación en actividades asistenciales, docentes, de investigación y de formación continua. Lo que, unido a los rigurosos procesos de evaluación periódica, logran la adquisición de un conjunto de habilidades y conocimientos que posiciona a estos profesionales como expertos en sus respectivas
especialidades.
El acceso a una titulación de Especialista en Ciencias de la Salud está regulado con minuciosidad y ha debido superar por tanto un riguroso sistema de formación y cumplir todos
los requisitos establecidos en la normativa. Entre ellos, Real Decreto 589/2022, de 19 de julio, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la
Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista en
Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica, y la revisión de los establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación específica; y se establecen
las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación en especialidades en Ciencias de la Salud.
La amplia regulación legal de los diferentes aspectos y de las distintas etapas formativas tiene la finalidad de conseguir un grado elevado de capacitación en cada uno de los Enfermero/as Especialistas y de este modo, poder alcanzar un máximo grado de competencias
de alta especialización, que contribuirán a la mejora de la calidad en la atención sanitaria.
Nos encontramos por tanto ante unos profesionales para quienes la opción del sistema
de Concurso habilitado por la Ley 55/2003, se considera justificado, cumpliendo los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y libre concurrencia, para acceder a
una plaza de carácter fijo.
Por otra parte, el Servicio Madrileño de Salud, se encuentra sometido a la continua necesidad de incorporación de profesionales sanitarios especialistas para lograr una atención
sanitaria de calidad a los usuarios y pacientes.
La situación del empleo público en la “Comunidad de Madrid”, así como en el conjunto del Estado, cuenta con una prominente tasa de temporalidad. Según los datos reflejados
en el Portal Estadístico de personal del Servicio Madrileño de Salud, a 31 de enero de 2024,
la tasa de temporalidad del personal de Enfermería se sitúa en un 43,53 por 100,
https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/portal-estadistico-personal-servicio-madrilenosalud . Esto exige completar las medidas a adoptar de reducción de empleo temporal de la
manera más ágil posible.
La consecución del objetivo de estabilidad en el empleo público, debe conjugarse con
la agilidad en el desarrollo de los procesos selectivos que la Administración debe ejecutar
para dar cumplimiento a la normativa vigente y a los principios constitucionales de igualdad,
mérito y capacidad en el acceso al empleo público. El sistema selectivo mediante concurso,
al eliminar una de las fases del sistema general por Concurso-Oposición, reduce los tiempos
de resolución y, por tanto, el logro del objetivo final de reducción de empleo temporal.
En consecuencia, esta Dirección General, previa negociación en la Mesa Sectorial de
Sanidad, y en uso de las competencias que tiene atribuidas en el Decreto 246/2023, de 4
de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del

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