C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240318-34)
Bases ayudas –  Orden 716/2024, de 29 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027, y se aprueba la convocatoria para el año 2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 66

Se garantiza la aplicación del principio de eficiencia ya que hace un uso razonable de
los recursos públicos por tratarse de ayudas financiadas por el FEADER y no se han establecido cargas administrativas innecesarias o accesorias.
Por todo ello, cumplidos los preceptivos trámites reglamentarios, vistas las disposiciones citadas y demás de general y pertinente aplicación y de acuerdo con lo establecido en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba su Reglamento de aplicación, y la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que
se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas por parte de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de
desarrollo parcial de la citada Ley 2/1995, de 8 de marzo,
DISPONGO
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1
Objeto de la Orden
El objeto de la presente Orden es establecer tanto las bases reguladoras por las que
se conceden las ayudas para la adopción y el mantenimiento de prácticas y métodos de
agricultura o ganadería ecológica en la Comunidad de Madrid, que constituye la intervención 6503 “Compromisos de gestión agroambientales en agricultura ecológica” del PEPAC
de España para el período 2023-2027, aprobado por Decisión de ejecución de la Comisión C (2022) 6017 de 31 de agosto de 2022, como la convocatoria 2024 de dichas ayudas.
Artículo 2
Definiciones
En la presente Orden se siguen las definiciones establecidas en el Real Decreto 1048/2022,
de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de
pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico
de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado
de gestión y control. A destacar las siguientes:
1. Intervenciones asimiladas al sistema integrado de gestión y control (SIGC): son
aquellas intervenciones basadas en las superficies o los animales, cuyos importes unitarios
se expresan como un pago por hectárea o un pago por cabeza de ganado o unidad de ganado mayor.
Incluyen los pagos directos y las siguientes intervenciones de desarrollo rural: Compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión; Zonas con limitaciones
naturales u otras limitaciones específicas; y Zonas con desventajas específicas resultantes de
determinados requisitos obligatorios.
2. Solicitud de ayuda: solicitud de participación en una intervención establecida en
el PEPAC.
Los agricultores que deseen obtener en el año el pago de una ayuda de alguna de las intervenciones para el desarrollo rural asimiladas al SIGC deberán presentar una solicitud única.
Capítulo II

Artículo 3
Objeto de la subvención, duración de los programas y ámbito de aplicación
1. El objeto de las subvenciones previstas en la presente Orden es promover la conversión de tierras agrarias, ubicadas en la Comunidad de Madrid, al sistema de producción
ecológica, y su mantenimiento en dicho sistema de agricultura o ganadería ecológica, con
los objetivos de proteger el medio ambiente y el clima, mantener la fertilidad de los suelos

BOCM-20240318-34

Bases reguladoras