C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240318-34)
Bases ayudas –  Orden 716/2024, de 29 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027, y se aprueba la convocatoria para el año 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 66

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE MARZO DE 2024

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OE4.—Contribuir a la adaptación al cambio climático y a su mitigación, también mediante la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorando la captura de carbono, así como promover la energía sostenible.
OE6.—Contribuir a detener y revertir la pérdida de biodiversidad, potenciar los servicios relacionados con los ecosistemas y conservar los hábitats y los paisajes.
La Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 26.3.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, tiene la competencia exclusiva en materia de agricultura
y ganadería, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general.
La Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, a través de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, tiene competencias en materia de fomento y
asesoramiento en materia de producciones agrícolas y ganaderas, de sus medios de producción, de la sanidad animal, sanidad vegetal, medicamentos, fertilizantes y productos fitosanitarios, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de
la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y en el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
Con el fin de agilizar el procedimiento administrativo y en base al artículo 61 del Real
Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, la presente orden, además de establecer las bases reguladoras, aprueba la convocatoria para el año 2024 de “Ayudas para la adopción o el mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica”.
En cumplimiento de lo establecido en el apartado 2 del citado artículo 61, con carácter previo a la aprobación de la presente Orden, se han recabado los preceptivos informes
favorables de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid y el de la Intervención de
la Comunidad de Madrid, así como informes favorables de la Dirección General de Transparencia y Atención al Ciudadano y de la Autoridad de Gestión de su adecuación al Plan
Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 de la Comunidad de Madrid.
Las presentes bases reguladoras responden a los principios de buena regulación de
conformidad con lo previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Concretamente, se
actúa conforme a los principios de necesidad y eficacia, en tanto que la aprobación de estas bases reguladoras es el sistema más adecuado para el fomento de la adopción de metodologías de producción ecológica en la Comunidad de Madrid.
Se actúa con proporcionalidad ya que el contenido de las bases reguladoras se limita
al contenido necesario exigido por la normativa aplicable en materia de subvenciones.
Se ha cumplido, igualmente, con el principio de seguridad jurídica dado que esta orden es
coherente con la reglamentación comunitaria y con la legislación nacional y autonómica aplicable en la materia y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Por lo que respecta al principio de transparencia queda plenamente garantizado debido a que la elaboración de estas bases reguladoras, tal y como se ha señalado, pretende la
aplicación de intervenciones incluidas en el Plan Estratégico de la PAC de España y sus
Anexos 2023-2027 y, este fue sometido a consulta con el objeto de recibir observaciones
tanto de los aspectos ambientales del mismo en el marco del procedimiento ambiental como
de otros aspectos que se encuadraban dentro del proceso de aprobación del PEPAC tal y
como se refiere detenidamente en el apartado relativo a la tramitación de la norma (Anexo I
sobre la evaluación ex ante y la evaluación estratégica medioambiental (EEM) contemplada
en la Directiva 2001/42/CE). Por lo que los interesados han podido participar en la definición del contenido del PEPAC que es el que marca los aspectos esenciales que se desarrollan normativamente a través de estas bases reguladoras.

BOCM-20240318-34

Esta intervención pretende promover la adopción de metodologías de producción ecológica que garanticen a largo plazo una agricultura y ganadería sostenible, así como la protección de los recursos naturales, fomentándose tanto el mantenimiento como la conversión
de la producción, distribuidas en una primera fase de ‘Conversión’ y una segunda fase de
‘Mantenimiento’.
Cabe señalar que estas intervenciones desarrolladas por esta orden contribuirán al
cumplimiento de los siguientes objetivos específicos, indicados en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021: