C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240318-34)
Bases ayudas –  Orden 716/2024, de 29 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027, y se aprueba la convocatoria para el año 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 66

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE MARZO DE 2024

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Artículo 32
Incompatibilidades
Las ayudas reguladas en la presente Orden serán incompatibles con cualquier otra ayuda que para el mismo objeto y finalidad haya sido concedida por la Comunidad de Madrid
u otras administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales
y, en general, con cualquier tipo de ayudas con fondos procedentes de la Unión Europea.
En particular, son incompatibles con las ayudas para la producción ecológica previstas en
la OCM para las organizaciones de productores de frutas y hortalizas.
Capítulo III
Convocatoria de participación en el programa agroambiental 2024-2028 de ayudas a
la adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica
y solicitud del pago de la primera anualidad de dicho programa agroambiental, correspondiente al año 2024.
Artículo 33
Convocatoria del programa agroambiental 2024-2028 y solicitud
de pago de primera anualidad
1. Se abre el plazo para solicitar la participación en el programa agroambiental 2024-2028
de adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica.
2. Se convoca la presentación de las solicitudes de pago de la primera anualidad, correspondiente al año 2024, de los beneficiarios admitidos en el programa.
Artículo 34

1. El plazo para la presentación de las solicitudes de participación en el programa de
ayudas es de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID por
conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que publicará el texto íntegro de
la misma en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, que forma parte de dicha
Base de Datos.
Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán inadmitidas para el procedimiento de
selección.
2. El modelo de solicitud para participar en el programa de ayudas a la adopción y
mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica se encuentra en
el Anexo I de esta Orden de convocatoria, a disposición de los interesados en el portal de
administración electrónica http://www.comunidad.madrid
El interesado deberá presentar la solicitud de participación en el programa (solicitud
de ayuda), dirigida al Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, a la que añadirá la documentación (o en su caso autorizará su consulta) indicada en el artículo 10 de las
bases reguladoras.
3. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y, en todo
caso, la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier entidad pública o
privada podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, sobre las deudas del solicitante.
4. Las solicitudes de subvenciones se presentarán por medios electrónicos mediante
el modelo que se incorpora como Anexo I a la presente Orden, a disposición de los interesados en el portal de administración electrónica www.comunidad.madrid . Las notificaciones que se practiquen en el curso del procedimiento administrativo se efectuarán a través
del Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, disponible en el
apartado de Gestiones y Trámites de dicho portal.
5. El documento de aceptación de compromisos se formalizará una vez dictada la correspondiente orden de aceptación en el programa de ayudas a la adopción y mantenimiento
de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, conforme al modelo que figura
como Anexo I de esta orden.

BOCM-20240318-34

Solicitud de participación en el programa 2024-2028 y documentación a aportar