Torrelodones (BOCM-20240315-78)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 64

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE MARZO DE 2024

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5.2.2. Tribunal de valoración de méritos Monitor/a de Tenis, Aeróbic y Deportivo/a:
Presidente:
— Titular: don Fernando A. Giner Briz.
Suplente: don Alberto Bravo Queipo de Llano.
Vocales:
— Titular: don Diego Mur Recuero.
Suplente: doña Gloria López Guarnido.
— Titular: don Miguel Ángel Papagna Riboldi.
Suplente: don Jesús Rosell Morcillo.
— Titular: doña Asunción Rambal Alberquilla.
Suplente: don Antonio Calvo de Heras.
Secretaria:
— Titular: doña Sonia Gordillo Gallego.
Suplente: doña María Teresa Sánchez Fernández.
5.2.3. Tribunal de prueba de conocimientos Preparador/a de Actividades Deportivas:
Presidente:
— Titular: don Fernando A. Giner Briz.
Suplente: don Alberto Bravo Queipo de Llano.
Vocales:
— Titular: don Diego Mur Recuero.
Suplente: don Miguel Ángel Papagna Riboldi.
Secretaria:
— Titular: doña Sonia Gordillo Gallego.
Suplente: doña María Teresa Sánchez Fernández.
5.2.4. Tribunal de prueba de conocimientos Monitor/a de Tenis, Aeróbic y Deportivo/a:
Presidente:
— Titular: don Fernando A. Giner Briz.
Suplente: don Alberto Bravo Queipo de Llano.
Vocales:
— Titular: don Diego Mur Recuero.
Suplente: don Miguel Ángel Papagna Riboldi.
Secretaria:
— Titular: doña Sonia Gordillo Gallego.
Suplente: doña María Teresa Sánchez Fernández.
5.3. El tribunal tendrá la categoría primera en el caso de Preparador/a de Actividades Deportivas y de categoría segunda en el caso de Monitor/a de Tenis, Aerobic y Deportivo/a a efectos de lo determinado en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

6.1. En el caso de que el aspirante resulte apto, éste deberá presentar en la Concejalía
de Personal del Ayuntamiento, los siguientes documentos para efectuar el contrato laboral:
a) Documento Nacional de Identidad.
b) Tarjeta de la Seguridad Social (si la tuviese) o número de afiliación.
c) Con declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el empleo o cargo público, ni incumplir lo establecido en el artículo 13 del
Real Decreto 598/1985, de 20 de abril, en cuanto a la declaración de actividades
del Sector Público.
d) Número de cuenta corriente.
6.2. Si el aspirante de la lista de espera rechazase la propuesta de contratación sin un
motivo justificado será dado de baja de la lista de espera.

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Sexto. Contratación