Torrelodones (BOCM-20240314-59)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
7 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 63

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE MARZO DE 2024

Pág. 199

ministraciones, para colaborar en el desarrollo de dicho proceso, siempre bajo la dirección
del citado Tribunal.
Los tribunales continuarán constituidos hasta tanto se resuelvan las reclamaciones
planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.
En la sesión de constitución del Tribunal el presidente exigirá de los miembros del Tribunal declaración formal de no hallarse incursos en causa de abstención. Esta declaración
deberá ser también cumplimentada, por los asesores especialistas y por el personal auxiliar
que, en su caso el Tribunal incorpore a sus trabajos.
6. Proceso selectivo
El procedimiento de selección será el de oposición.
Consistirá en una prueba de conocimientos tipo test con 30 preguntas que versarán sobre el contenido del temario que figura en el Anexo I de las presentes bases. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor
asignado a la contestación correcta.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar los cinco puntos para superar
la oposición. No obstante, la realización de formación en materia propia del temario en el
último año con el correspondiente certificado de aprovechamiento sumará a la nota obtenida 0,5 puntos, siempre que esta nota sea superior a 4,5 e inferior a 5.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos. El tribunal podrá incluir preguntas de reserva cuyas respuestas se tendrán en cuenta en el caso
de anulación de alguna pregunta del ejercicio.
El orden de actuación de los y las aspirantes se iniciará alfabéticamente por la letra que
resulte del sorteo público celebrado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública para el año correspondiente.
Contra el resultado la fase de oposición se abrirá un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones, reclamaciones o revisión de examen, sin que dicho plazo interrumpa la
continuidad de proceso. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos
que procedan en los casos estipulados legalmente dentro del proceso.
Las mujeres embarazadas que prevean que, por las circunstancias derivadas de su
avanzado estado de gestación y previsión de parto, o eventualmente primeros días del puerperio, su coincidencia con las fechas de realización de la prueba de conocimientos en el proceso selectivo podrán ponerlo en conocimiento del tribunal, uniendo a la comunicación el
correspondiente informe médico oficial. La comunicación deberá realizarse con el tiempo
suficiente y el tribunal determinará con base a la información de que se disponga, si procede o no realizar la prueba en lugar alternativo o bien un aplazamiento de la prueba, o bien
ambas medidas conjuntamente.

El aspirante que figure en la propuesta de nombramiento deberá presentar en el Registro
General del Ayuntamiento, en el plazo de los 10 días naturales siguientes al de la publicación
de dicha propuesta, los siguientes documentos acreditativos de que poseen las condiciones,
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria:
1. Fotocopia del título exigido en la convocatoria, o justificante de haber abonado los
derechos para su expedición o la correspondiente homologación, acompañado de
su original para su compulsa.
2. Declaración responsable o promesa de no haber sido separado o separada del
servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado.
3. Declaración de actividades ajenas al empleo municipal a efectos de incompatibilidades, mediante ejemplar normalizado que será entregado por el Departamento de
Personal.
4. Certificado expedido por el Registro Central de Penados y Rebeldes de carecer de
antecedentes penales. Este certificado deberá estar expedido dentro de los tres meses anteriores al de la fecha que finalice el plazo de presentación de documentos.

BOCM-20240314-59

7. Documentación