Torrelodones (BOCM-20240314-59)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 63

5. Fotocopia del permiso de conducir de la clase B.
6. Declaración jurada o promesa en la que figure expresamente el compromiso de
portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley, según modelo que
proporcionará el Departamento de Personal.
Quienes, dentro del plazo indicado en el apartado anterior, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaran documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de
los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad de la
instancia solicitando tomar parte en las pruebas selectivas.
8. Calificación definitiva y nombramiento como funcionario de carrera.
Toma de posesión
La calificación final de los y las aspirantes vendrá determinada por la calificación obtenida en la fase de oposición.
Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios, la sede
electrónica y en la página web del Ayuntamiento de Torrelodones la relación de aprobados
por orden de puntuación y se elevará al órgano competente para su nombramiento como
funcionarios de carrera en la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del
Ayuntamiento de Torrelodones subgrupo de clasificación C1.
Los nombramientos se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Una vez aprobada la propuesta por el órgano competente, el aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo máximo de un mes, a contar del siguiente al que sea notificado el nombramiento.
Quienes sin causa justificada no tomaran posesión dentro del plazo señalado, no accederán a la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Torrelodones, subgrupo C1, perdiendo todos los derechos derivados de la prueba selectiva y
del subsiguiente nombramiento conferido.
9. Protección de datos
Los datos personales que sean necesarios recabar para la gestión del proceso selectivo
objeto de las presentes bases serán tratados conforme a las normas establecidas en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos), así como la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales.
La presentación de la solicitud para participar en el proceso selectivo implica la aceptación de las condiciones para el tratamiento de datos de carácter personal, acorde a lo establecido en la actividad de tratamiento “Selección de personal”, cuyo responsable es el Ayuntamiento de Torrelodones. La finalidad del tratamiento de datos es la gestión de bolsa de empleo,
Oferta de empleo público, provisión de puestos de trabajo y puestos de libre designación, pudiendo los interesados ejercer su derecho de acceso, rectificación y oposición, así como otros
derechos, como se explica en la información adicional del tratamiento, que puede consultarse
en la sección “Protección de Datos” de la página web del Ayuntamiento de Torrelodones:
https://www.torrelodones.es/proteccion-de-datos/informacion-adicional-tratamientos
Los datos personales de los participantes serán objeto de publicación en la web municipal, tablón de anuncios del Ayuntamiento y/o demás lugares de exposición, con objeto de
dar cumplimiento a la publicidad en el proceso selectivo acorde a la normativa vigente, y
de conformidad con lo dispuesto en la en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales.

Las bases de convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de la
actuación del Tribunal Calificador, podrán ser impugnadas en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer, en su
caso, cualquier otro sistema que estimen procedente.

BOCM-20240314-59

10. Régimen de impugnaciones