Madrid (BOCM-20240307-25)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan general
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 57

b. El futuro proyecto de edificación de la parcela privada P2 atenderá a los niveles
sonoros en fachada calculados en este estudio acústico (tablas 11 y 12) para establecer la exigencia de aislamiento acústico a ruido aéreo de los futuros recintos
protegidos de acuerdo con la tabla 2.1 del DB-HR del CTE.
2. Medidas preventivas de carácter general:
Relativas al templado de tráfico, la recogida de residuos y servicios de limpieza, a la
regulación de actividades y a la vigilancia de la contaminación acústica:
a. Para la consecución de las velocidades máximas consideradas, se propiciará la utilización de medidas de templado de tráfico que no impliquen un aumento de los
niveles de emisión acústica:
i. Badenes continuos y elevaciones de la calzada (badenes o almohadas de sección circular) cada 50 m aproximadamente.
ii Cambios de pavimento sin discontinuidad brusca (cambios de coloración o
cambios de textura en zonas de baja velocidad) en el viario interior de acceso.
b. Cualquiera de estas medidas se señalizará con la antelación y claridad suficientes
para evitar cambios bruscos de velocidad.
c. Será necesario el uso de una señalización de tráfico que transmita al conductor las
necesidades de confort acústico del entorno, además de una simple limitación de
velocidad.
d. Los materiales que conformen las calzadas de las nuevas vías deberán ser uniformes, evitando discontinuidades superficiales y, en especial, tratamientos como
empedrados o adoquinados en los tramos donde las velocidades superen los 30
km/h.
e. Empleo de materiales porosos con elevado índice de absorción acústica como los
asfaltos drenantes, silenciosos y micro aglomerados.
3. Contaminación lumínica:
a. Dimensionar correctamente el sistema de alumbrado, no dando origen a una iluminación excesiva o a una incorrecta orientación de los focos de luz.
b. Limitar la intensidad de luz emitida controlando la potencia eléctrica, regulación
horaria y estacional del régimen de funcionamiento, y el control de la distribución
espectral de las lámparas utilizadas.
c. El diseño de la iluminación del nuevo espacio público se ha de llevar a cabo teniendo en cuenta la minimización de la contaminación lumínica, dimensionándola adecuadamente a las necesidades de los espacios y recurriendo a luminarias sin
dispersión hacia el plano superior. De esta forma, el conjunto de instalaciones que
pudieran implantarse en el exterior atenderá a los estándares normativos al efecto
de la contaminación lumínica, teniendo en cuenta además el conjunto de propuestas incluidas en la “Guía para la Reducción del resplandor Luminoso Nocturno”
del Comité Español de Iluminación.
d. Emplear luminarias con elevado rendimiento energético en las intervenciones de
mejora de la urbanización.
e. Emplear de sistemas de alumbrado adaptados a las necesidades específicas de
cada espacio y, en particular, de escala y diseño acordes con la calidad del espacio urbano servido.
f. El alumbrado exterior previsto atenderá a los requisitos técnicos para luminarias
incluidos en el Anexo del “Modelo de Ordenanza Municipal de alumbrado exterior para la protección del medio ambiente mediante la mejora de la eficacia energética”, elaborado por el Comité Español de Iluminación y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), entre los que se destacan:
i. En cuanto a sistema óptico, fotometría, potencia de lámpara (capacidad), grado de hermeticidad y tipo de cierre, deberán ajustarse a los valores establecidos para tal efecto por el citado Anexo para lámparas de vapor de sodio a alta
presión (S.A.P.) y halogenuros metálicos (H.M.).
ii. Se procurará que la relación (L/E) luminancia / iluminancia sea máxima
iii. Se recomienda que las luminarias de tipo artístico estén dotadas de sistema
óptico
iv. El flujo hemisférico superior FHS %, rendimiento η%, factor de utilización k % y demás características para cada tipo de luminaria a instalar, deberán ser garantizados por el fabricante, mediante una auto certificación o cer-

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