Madrid (BOCM-20240307-25)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan general
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B.O.C.M. Núm. 57

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE MARZO DE 2024

tificación de un laboratorio acreditado por ENAC u organismo nacional
competente.
v. El flujo hemisférico superior instalado FHSins%, el factor de utilización k %
y la relación luminancia / iluminancia (L/I), deberán estar justificados en los
futuros proyectos para las distintas soluciones luminotécnicas adoptadas.
vi. Se elegirán lámparas que aumenten el rendimiento energético de la instalación (lm/m2) como las de vapor de sodio a alta presión o, en zonas ajardinadas, lámparas de vapor de mercurio a alta presión, halogenuros metálicos, etc.
vii. Las luminarias a emplear en alumbrados peatonales, se recomienda estén provistas de bloque óptico que minimiza el flujo hemisferio superior, a la vez que
aumenta el inferior.
g. Durante el uso se deberá realizar un mantenimiento, mediante la conservación o la
sustitución de los elementos de alumbrado se mantendrán las condiciones de eficiencia originales, procurando su optimización progresiva a medida que el mercado vaya ofreciendo soluciones cada vez más eficaces.
4. Producción y gestión de residuos:
a. Redacción de un Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición a incorporar al proyecto de demolición de la edificación existente. Este plan deberá
contar con todos los requisitos y prescripciones establecidas para tal efecto por la
Orden 2726/2009, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción
y demolición en la Comunidad de Madrid.
5. Servidumbres aeronáuticas:
a. Se solicitará un acuerdo previo favorable en materia de servidumbres aeronáuticas
con la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA) y a través del Ayuntamiento de Madrid, para la ejecución de la futura edificación terciaria, si ésta superase
los 100 m de altura sobre el terreno circundante.
b. El proyecto deberá incorporar un balizamiento diseñado en función de su altura final (diferente en caso de superar los 105 m y 150 m, esta última, no esperable) y
la presencia de instalaciones adicionales sobre su cubierta, acorde con lo establecido en la Guía de señalamiento e iluminación de Obstáculos, de AESA.
2. Medidas de carácter general para la prevención de afecciones en la fase de transformación (obras de micro urbanización y edificación).
2.1. Medidas de carácter general o transversal.
Las medidas de carácter general propuestas para su traslado a los proyectos de micro
urbanización del nuevo espacio público como prescripciones ambientales para la fase de
obra son las siguientes:
a. Se creará una oficina ambiental para llevar a cabo la ejecución y seguimiento del
Plan de Vigilancia Ambiental (PVA), cuyo contenido y estructura se detalla en el
siguiente capítulo. Esta oficina será la responsable de compartir los informes del
PVA con las partes interesadas.
a. La solución de conexiones peatonales a través de la cubierta verde y la apertura de
ésta para el disfrute de la ciudadanía, deberán ser prioritarios en relación con las
restricciones por obras en curso en la parcela P2.
b. Se delimitará la zona de actuación de modo coincidente con los terrenos del ámbito urbanístico, con el objeto de realizar todas las acciones necesarias para la ejecución de todos los trabajos de urbanización (incluidos desvíos de tráfico y acopios de materiales o maquinaria) dentro de esta zona, evitando así en lo posible la
generación de impactos en zonas anejas.
c. En ningún caso se realizarán vertidos como tal dentro de la zona de actuación, si
bien si se podrán emplear materiales excavados para el relleno de otras zonas
cuando la explanación o el diseño así lo requieran.
d. Se eliminarán de modo adecuado de los materiales sobrantes en las obras y vertidos de todo tipo que de forma accidental se hubieran podido provocar, durante y
una vez hayan finalizado los trabajos de construcción.
e. Control de las actividades realizadas en las instalaciones de obras y parque de maquinaria mediante el análisis de la localización de todas y cada una de las infraestructuras auxiliares y provisionales.

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