C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240306-27)
Plan de inspección sanitaria –  Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, por la que se hace público el Plan de Inspección de Sanidad para el año 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 56

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE MARZO DE 2024

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1.4.24. Programa de evaluación de las Unidades de radiofarmacia.
Objetivos:
— Evaluar el funcionamiento y la calidad de la actividad de las Unidades de radiofarmacia en la Comunidad de Madrid y su adecuación a la normativa vigente.
— Supervisar la adecuada gestión de los radiofármacos, en lo relativo a su adquisición, conservación, preparación y control.
1.4.25. Programa básico de inspección de los establecimientos y secciones de óptica
Objetivo:
— Comprobar que los establecimientos y secciones de óptica reúnen los requisitos
previstos en la legislación vigente, previamente a la autorización.
1.4.26. Programa específico de comprobación de la correcta notificación y el mantenimiento de las condiciones de los desfibriladores inscritos en el Registro madrileño de
desfibriladores externos.

2.1. Plan parcial de Inspección en Sanidad Ambiental.
Objetivo general: Identificar los riesgos ambientales en salud y desarrollar sistemas de
vigilancia, inspección y control de los factores ambientales en la Comunidad de Madrid
para preservar la salud de los ciudadanos.
2.1.1. Programa de inspección y control de aguas de consumo humano y uso recreativo.
Objetivos:
— Identificar y reducir los riesgos ambientales para la salud asociados al agua de
consumo humano mediante inspección, control de Planes Sanitarios del Agua y
otros sistemas de vigilancia sanitaria, para preservar la salud de los ciudadanos y
prevenir las enfermedades transmisibles por vía hídrica, así como las patologías
asociadas a contaminantes químicos persistentes o accidentales en aguas de consumo.
— Identificar y reducir los riesgos ambientales para la salud asociados a piscinas, zonas de baño y actividades recreativas mediante inspección, control de programas
de autocontrol y otros sistemas de vigilancia sanitaria, para preservar la salud de
los ciudadanos.
— Gestión de alertas, demandas y reclamaciones referentes a las aguas de consumo
humano y aguas recreativas.
2.1.2. Programa de prevención y control de la legionelosis.
Objetivos:
— Verificar el cumplimiento de las medidas establecidas en la normativa específica,
mediante la inspección y la auditoría en las instalaciones de riesgo para minimizar la presencia de legionela y prevenir la aparición de casos y brotes.
— Gestionar desde el campo de la sanidad ambiental, los brotes, casos esporádicos,
demandas y reclamaciones relativos a legionela.
2.1.3. Programa de inspección y control de seguridad química.
Objetivos:
— Minimizar los riesgos para la salud derivados de la comercialización y uso de los
productos químicos detergentes, a través de la inspección y control, verificando el
cumplimiento de la normativa europea y nacional.
— Verificar que los documentos de información y comunicación del peligro de los
productos químicos (etiquetas, fichas de datos de seguridad y publicidad), cumplen con la normativa de aplicación, a fin de prevenir y/o limitar los posibles daños para la salud de los usuarios.
— Actuar frente a alertas y denuncias referentes a productos químicos, por incumplimientos normativos y/o que pudieran ocasionar problemas para la salud de las personas.

BOCM-20240306-27

2. Plan de Inspección de la Dirección General de Salud Pública