Villarejo de Salvanés (BOCM-20240304-79)
Organización y funcionamiento. Ordenanza urbanismo y actividades
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 54

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE MARZO DE 2024









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te a la fecha de finalización de las obras que refleje el Certificado Final de Obra,
se deberá presentar declaración de alteración catastral.
Se deberán ajardinar los espacios libres de la parcela con especies autóctonas y
adaptadas al medio, con el fin de conseguir una mayor integración de las edificaciones en el medio circundante, así como para reducir los impactos en el paisaje
causados por la presencia de estas.
Cuando se abran hoyos o zanjas próximas a las plantaciones de arbolado en la vía
pública, la excavación no deberá aproximarse al pie de este más de una distancia
igual a 5 veces el diámetro del árbol a la altura de 1 metro y, en cualquier caso,
esta distancia será siempre superior a 0,5 metros.
De conformidad con lo dispuesto en la normativa de protección y fomento del arbolado urbano de la Comunidad de Madrid, en los nuevos aparcamientos en superficie se deberá plantar un árbol, preferentemente de hoja caduca, por cada plaza de estacionamiento proyectada. Además, las nuevas plantaciones dispondrán
de sistemas de riego eficiente que favorezcan el ahorro de agua.
No podrán cubrirse ni edificar sobre las plazas de aparcamiento que se encuentra
en la banda de retranqueo.

— El propietario de los terrenos ejecutará a su cargo las acometidas a las redes generales de servicios, así como la complementación de pavimentación y las prolongaciones de dichas redes que se precisen hasta las alineaciones oficiales, según la
normativa, exigencias y prescripciones de la respectiva compañía suministradora
u Organismo competente. Cualquier modificación de las instalaciones existentes
o ejecución de nuevas acometidas que se solicite por parte de las compañías de
servicios requerirá previamente a su ejecución su aprobación por parte de este
Ayuntamiento. En ningún caso se producirán servidumbres en parcelas privadas.
— Las acometidas a la red de saneamiento se harán desde pozos/arqueta de registro
interior de red de pluviales y de fecales de la parcela a pozos de registro de la red
general. El peticionario entregará la conformidad técnica del Canal de Isabel II
quince días antes de comenzar las obras. En caso de utilizar una acometida existente, se procederá a la legalización de la misma una vez concedido el título habilitante pertinente.
— Deberán adoptarse las medidas necesarias para evitar que se ensucie la vía pública, debiendo procederse a la limpieza de la parte afectada de la misma con la frecuencia adecuada (mínimo dos veces por semana), así como a la retirada de los
materiales residuales resultantes. La autoridad municipal competente podrá requerir al responsable para que efectúe las acciones de limpieza correspondientes.
En caso de incumplimiento del requerimiento señalado, se podrá proceder a la suspensión de la actividad que origine la suciedad y, cuando las circunstancias así lo
requieran o por razones de interés general, el Ayuntamiento podrá ejecutar subsidiariamente los trabajos de limpieza, imputando el coste de los servicios prestados a los responsables, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.
— En caso de demandar una potencia superior a la prevista en el proyecto de urbanización, el peticionario (como promotor de la actuación) deberá asumir el refuerzo
da las infraestructuras eléctricas que en su caso exija la compañía eléctrica, caso
de solicitarse la instalación de un transformador, el mismo deberá ser de tipo subterráneo, estanco y con drenaje conectado a la red de aguas pluviales.
— En los edificios de nueva planta, así como los afectados por cualquier grado de
protección dentro del Catálogo de Elementos protegidos, no se permitirán instalaciones aéreas que se encuentren sobre la fachada o fachadas o frente de parcela,
debiendo realizar los soterramientos necesarios.
— Queda expresamente prohibido, salvo autorización expresa, la implantación fuera
de los límites de la parcela de materiales de obra, elementos que requieran fijación
u obras de fábrica, tales como grúas, maquinaria, casetas de obra y carteles. Las
acometidas provisionales de las casetas de obra se preverán desde las acometidas
existentes para la parcela en la urbanización.
— Durante las obras no podrá interrumpirse ni el itinerario peatonal ni el tráfico rodado con ninguna clase de efectos, materiales ni andamios. Deberán adoptarse las
medidas convenientes para la seguridad de los trabajadores y de los transeúntes, y
cumplir con la normativa en vigor. Si se estima necesario el cierre total o parcial

BOCM-20240304-79

Condiciones de ejecución en materia de obras públicas: