Villarejo de Salvanés (BOCM-20240304-79)
Organización y funcionamiento. Ordenanza urbanismo y actividades
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 54

BOCM-20240304-79

de una calle al tráfico, deberá obtenerse, con carácter previo, autorización del
Ayuntamiento.
— Deberá garantizarse durante la ejecución de la obra la estabilidad de las aceras y
bordillos de forma que no se provoquen descalces en los mismos como consecuencia de los vaciados de las fincas.
— Los accesos de la parcela deberán respetar las instalaciones existentes de alumbrado en las calles, así como alcorques y mobiliario urbano fijos existentes.
— Con carácter previo a la solicitud de la licencia de primera ocupación se entregará
el documento de “Aceptación por parte de CYII de las acometidas de saneamiento realizadas”, o, en su caso, el documento de legalización de las acometidas existentes a utilizar.
Contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Villarejo se Salvanés, a 21 de febrero de 2024.—El alcalde-presidente, Jesús Díaz Raboso.
(03/2.963/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791