C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240304-23)
Acreditación competencias profesionales –  Resolución conjunta de 21 de febrero de 2024, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado en los institutos bilingües y en los centros privados concertados autorizados para impartir el programa bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 54

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE MARZO DE 2024

tación acreditativa de los requisitos, en los términos que se especifican en la base
quinta, punto 2, apartados a) y c) de esta convocatoria.
b) Candidatos de centros privados concertados: todas aquellas personas interesadas
que, cumpliendo los requisitos establecidos en base cuarta de esta resolución, deseen
tomar parte en la presente convocatoria para obtener la acreditación para impartir el
currículo de Inglés Avanzado mediante la superación de una prueba de aptitud, deberán cumplimentar la solicitud de participación en el procedimiento para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado en los centros
privados concertados autorizados para la impartición de dicho currículo en la Comunidad de Madrid, en los términos que se especifican en la base quinta, punto 2, apartados b) y c) de esta convocatoria, consignando la opción “Acreditación mediante la
superación de una prueba de aptitud” que se encuentra disponible en el portal de la
Comunidad de Madrid, en el enlace https://sede.comunidad.madrid/autorizacioneslicencias-permisos-carnes/acredita-ingles-avanzado-concertados-24 y dirigirla a la
Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
3. Documentación que se debe aportar junto con la solicitud:
a) Los funcionarios de carrera o en prácticas de los cuerpos docentes que presten
servicios en una administración educativa distinta de la Comunidad de Madrid,
deberán aportar copia del título administrativo de funcionario de carrera del correspondiente cuerpo docente o documentación acreditativa de tener la condición
de funcionario en prácticas del correspondiente cuerpo docente, así como hoja de
servicios expedida por la Administración educativa de la que dependa, actualizada a fecha de publicación de esta convocatoria, sin perjuicio de las actuaciones
oportunas que se puedan llevar a cabo para comprobar la veracidad de lo declarado en la solicitud por los participantes.
b) Los candidatos de los centros privados concertados que participen en el procedimiento deberán aportar el certificado que figura en el Anexo IV de esta convocatoria, debidamente firmado por el titular del centro, a fin de acreditar la prestación
de servicios docentes y la vinculación profesional con el centro concertado, al que
puede acceder en el siguiente enlace https://sede.comunidad.madrid/autorizacioneslicencias-permisos-carnes/acredita-ingles-avanzado-concertados-24
c) Si se presentara la solicitud por medio de representante, se deberán consignar sus
datos en el apartado correspondiente de la solicitud, a través de la aplicación
“HABI-Habilitaciones Bilingües” en el caso de centros públicos o a través del enlace que se encuentra disponible en el portal de la Comunidad de Madrid
https://sede.comunidad.madrid/autorizaciones-licencias-permisos-carnes/acreditaingles-avanzado-concertados-24 para candidatos de la enseñanza concertada, y
presentar:
— Copia del DNI del representante, en el supuesto de no autorizar su consulta.
— Documento de otorgamiento de la representación, que será individual por
cada solicitante.
La documentación requerida deberá ser remitida en formato “PDF”. La persona
solicitante deberá asegurarse de que adjunta los archivos y de que estos son anexados correctamente.
d) Se podrá reclamar a los participantes, en cualquier momento del procedimiento, la
presentación de los documentos originales. En caso de discrepancia entre las copias presentadas y los originales, el participante será excluido del procedimiento,
sin perjuicio de la exigencia de responsabilidad en que hubiese podido incurrir.
3.1. Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales:
a) Los candidatos de centros públicos podrán acreditar este requisito autorizando a la
Dirección General de Recursos Humanos, en el apartado “Autorización consulta
al Registro Central de Delincuentes Sexuales” de la solicitud, a realizar la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales.
La autorización de consulta en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a la
Dirección General de Recursos Humanos implica también la autorización para la
consulta de datos del DNI.
Todos los aspirantes vinculados a los centros docentes públicos que no hayan marcado el apartado “Autorización consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales” de la solicitud, autorizando la consulta al Registro Central de Delincuentes

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