C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240228-23)
Programa de colaboración institucional –  Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX Edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, para el curso escolar 2024-2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 50

MIÉRCOLES 28 DE FEBRERO DE 2024

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Tercero
Comisión de Valoración
La Comisión de Valoración establecida en el artículo 11 de la Orden 699/2023, de 22
de mayo, estará compuesta por los siguientes miembros:
a) Presidente: Un Subdirector General, designado por el Director General de Deportes.
b) Vocales:
1. El titular de la Subdirección General que tenga atribuidas funciones en materia de Programas Deportivos.
2. Cuatro técnicos de la Dirección General de Deportes, designados por el titular
de la misma.
c) Secretario: Un funcionario de la Dirección General de Deportes designado por el
titular de la misma, que actuará con voz, pero sin voto.
El titular de la Dirección General competente en materia de Deportes podrá nombrar
asesores de la Comisión de Valoración.
Cuarto
Criterios de valoración de los proyectos
1. Los proyectos presentados y admitidos serán valorados por la comisión de valoración conforme a los criterios establecidos en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, y los indicadores establecidos en el punto 3 de este apartado.
2. Para garantizar la calidad de los proyectos seleccionados, y de acuerdo a lo previsto en el artículo 11.2.b) de la Orden 699/2023, de 22 de mayo, en la presente convocatoria, para que un proyecto pueda ser seleccionado, deberá alcanzar una puntuación mínima de 25 puntos en la evaluación. En el caso de no alcanzar dicha valoración, el proyecto
no será seleccionado.
3. La selección de los proyectos se realizará mediante la valoración de los siguientes
indicadores y baremo:
INDICADOR 1.- Planificación. Valora si el proyecto contempla una temporalización de acciones
explícita, para que la planificación pueda desarrollarse de manera adecuada y conforme a unos plazos
y cronograma equilibrados.
VALORACIÓN
1 PUNTO

3 PUNTOS

5 PUNTOS

Se cuenta con una planificación estructurada en el
tiempo, pero solo de algunas áreas del programa.

Se cuenta con una planificación estructurada en el
tiempo en todos los ámbitos de la organización.

Se cuenta con una planificación totalmente
estructurada en todos los ámbitos de la
organización e incorpora explícitamente un
cronograma de las acciones y actividades.

INDICADOR 2. Orientación del proyecto. Valora el área principal sobre la que recae la actuación.
VALORACIÓN
3 PUNTOS

5 PUNTOS

10 PUNTOS

Proyectos de movilidad activa o proyectos en
parques, senderos y espacios abiertos, o ambos.

Proyectos de actividad física con poblaciones
especiales, proyectos en colaboración con
centros educativos o proyectos en colaboración
puntual con centros sanitarios (difusión,
divulgación, formación, etc.).

Proyectos alineados con el Programa de
prescripción de actividad física y ejercicio físico
de la Comunidad de Madrid, Salud Activa.

VALORACIÓN
0 PUNTOS

3 PUNTOS

5 PUNTOS

El proyecto no incluye talleres de iniciación a la
práctica de actividad física. Iniciativas basadas
en el desarrollo de programas específicos que
faciliten el acceso de los usuarios a la oferta
deportiva municipal o la práctica autónoma.

El proyecto incluye al menos un taller de
iniciación a la práctica de actividad física para
usuarios no derivados desde los servicios
sanitarios. Iniciativas basadas en el desarrollo
de programas específicos que faciliten el
acceso de los usuarios a la oferta deportiva
municipal o la práctica autónoma.

El proyecto incluye al menos un taller de
iniciación a la práctica de actividad física para
usuarios derivados desde los servicios
sanitarios. Iniciativas basadas en el desarrollo
de programas específicos que faciliten el
acceso de los usuarios a la oferta deportiva
municipal o a la práctica autónoma.

BOCM-20240228-23

INDICADOR 3. Inclusión de talleres de iniciación a la práctica de actividad física para usuarios
derivados desde los servicios sanitarios. Valora la inclusión de talleres de iniciación a la actividad
física para usuarios derivados desde los servicios sanitarios.