C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240228-23)
Programa de colaboración institucional –  Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX Edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, para el curso escolar 2024-2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 76

MIÉRCOLES 28 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 50

INDICADOR 4. Inclusión de puntos activos de actividad física para usuarios derivados desde
los servicios sanitarios. Valora la inclusión de puntos activos de actividad física para usuarios
derivados desde los servicios sanitarios.
VALORACIÓN
0 PUNTOS

3 PUNTOS

5 PUNTOS

El proyecto no incluye puntos activos de
actividad física. Iniciativas basadas en el
desarrollo de programas estándar de iniciación
a la práctica de ejercicio físico. al aire libre.

El proyecto incluye puntos activos de actividad
física para usuarios no derivados desde los
servicios sanitarios. Iniciativas basadas en el
desarrollo de programas estándar de iniciación
a la práctica de ejercicio físico al aire libre.

El proyecto incluye puntos activos de actividad
física para usuarios derivados desde los
servicios sanitarios. Iniciativas basadas en el
desarrollo de programas estándar de iniciación
a la práctica de ejercicio físico al aire libre.

INDICADOR 5. Inclusión de la figura del promotor de ejercicio físico, con la titulación
necesaria para desarrollar procedimientos de asesoramiento técnico personalizado a
usuarios derivados desde los servicios sanitarios. Valora la inclusión de técnicos para asesorar
a usuarios derivados desde los servicios sanitarios.
VALORACIÓN
0 PUNTOS

5 PUNTOS

El proyecto no incluye la figura del Promotor de ejercicio físico para
llevar a cabo procesos de asesoramiento técnico personalizado.

El proyecto incluye la figura del Promotor de ejercicio físico, con la titulación
necesaria para llevar a cabo procesos de asesoramiento técnico
personalizado a usuarios derivados desde los servicios sanitarios.

INDICADOR 6.- Objetivos y actividades. Valora si se explicitan claramente los objetivos que se
pretenden alcanzar con el proyecto, y si las actividades propuestas son adecuadas para la
consecución de dichos objetivos.
VALORACIÓN
1 PUNTO

3 PUNTOS.

5 PUNTOS

Los objetivos son genéricos y las actividades
no se consideran especialmente significativas
para la consecución de los objetivos.

Los objetivos están claramente definidos, pero
las actividades propuestas no son adecuadas
para la consecución de los objetivos.

Los objetivos están claramente definidos y las
actividades propuestas son adecuadas para la
consecución de los objetivos.

INDICADOR 7. Inclusión. Valora si el proyecto es inclusivo o si tiene la capacidad de adaptar su
desarrollo/recursos ante una posible asistencia de personas con discapacidad.
VALORACIÓN
1 PUNTO

3 PUNTOS

5 PUNTOS.

Se contempla esta posibilidad y se detallan las
acciones que se llevarían a cabo.

Detalla y justifica las acciones que se llevarían a
cabo, incluyendo este hecho en la divulgación del
proyecto o bien contempla la presencia de
técnicos de apoyo en caso de necesidad.

Detalla y justifica las acciones que se llevarían
a cabo e incluye este hecho en la divulgación
del proyecto y se contempla la presencia de
técnicos de apoyo en caso de necesidad.

INDICADOR 8. Flexibilidad. Valora la capacidad del proyecto para adaptarse ante la aparición de
circunstancias o demandas inesperadas, en cuanto a los siguientes apartados del proyecto: materiales,
instalaciones, temporalización, personal, actividades, inclusión, comunicación, tipología y número de
destinatarios u otros.
VALORACIÓN
1 PUNTO

3 PUNTOS

5 PUNTOS

Presenta medidas de adaptación ante
circunstancias o demandas inesperadas en
uno o dos de los apartados del proyecto.

Presenta medidas de adaptación ante
circunstancias o demandas inesperadas en
tres o cuatro de los apartados del proyecto.

Presenta medidas de adaptación ante
circunstancias o demandas inesperadas en
cinco o más de los apartados del proyecto.

INDICADOR 9. Cualificación del equipo técnico. Valora la formación del personal destinado tanto
para la coordinación como para la ejecución de las acciones.

10 PUNTOS

Alguno de sus miembros cuenta con el Grado en Ciencias de la
Actividad Física y el Deporte o titulación equivalente.

Alguno de sus miembros cuenta con el Grado en Ciencias de la Actividad
Física y el Deporte o titulación equivalente, con postgrado en actividad física
y salud.

BOCM-20240228-23

VALORACIÓN
8 PUNTOS