Colmenar Viejo (BOCM-20240227-59)
Organización y funcionamiento. Reglamento Centros Personas Mayores
13 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 49

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE FEBRERO DE 2024

Pág. 197

e) Las cuotas anuales de las personas socias (si así se determinan) cuya cuantía será
acordada por la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 del presente Reglamento.
f) Aquellos que se consideren legalmente establecidos para este tipo de asociaciones.
Los ingresos obtenidos por la Junta Directiva, deberán ser utilizados para la realización de actividades, adquisiciones o mejoras de los Centros, teniendo siempre en cuenta la
función social que estos deben cumplir.
Ni las actividades para la obtención de fondos ni la posterior utilización de los mismos,
deberán tener fines lucrativos, ni ser discriminatorios para personas del colectivo al que van
dirigidas.
Art. 23. De la gestión económica de los Centros Municipales.—1. La Junta Directiva es la responsable de la gestión y administración de sus propios fondos.
2. Anualmente se confeccionará un presupuesto de ingresos y gastos que será sometido a la Asamblea General. Igualmente, finalizado el ejercicio económico, será la
Asamblea General la que apruebe las cuentas antes de su remisión al Ayuntamiento de
Colmenar Viejo.
3. Para la correcta gestión económica, se llevarán obligatoriamente los libros contables
de Caja, con registro de entradas y salidas, pudiéndose utilizar como auxiliares cuantos se
consideren necesarios. Dichos libros deberán ir numerados y sellados por el Ayuntamiento de
Colmenar Viejo.
4. Todos los libros contables estarán a disposición de las personas socias para que
puedan realizar cuantas consultas consideren oportunas.
Art. 24. De la administración de los fondos de los presupuestos municipales para los
Centros.—La gestión y administración de las cantidades que el Ayuntamiento acuerde en
sus presupuestos para sufragar los gastos de los Centros Municipales, corresponderá al
Ayuntamiento de Colmenar Viejo.
Capítulo VI

Art. 25. Distinciones.—La Junta Directiva podrá proponer a la Asamblea General la
concesión de mención honorífica en favor de aquellas personas usuarias que por su especial dedicación al Centro Municipal se consideren merecedoras de tal distinción. La
propuesta deberá ser razonada y justificada por la Junta Directiva ante la Asamblea,
quien decidirá la concesión de la misma.
Art. 26. Responsabilidades y faltas.—1. Las personas socias y usuarias serán responsables de los daños o perjuicios que, por acción u omisión, causen a las instalaciones
del Centro, de las alteraciones del orden que produzcan en el mismo, de la obstaculización
al normal desenvolvimiento de las actividades sociales, de las faltas al régimen de convivencia, de las de respeto a las demás personas socias, usuarias, personal al servicio del propio Centro, integrantes de la Junta Directiva.
2. La responsabilidad por tales actos u omisiones se hará efectiva de conformidad
con lo previsto en este capítulo. Sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que
fueran exigibles.
Art. 27. Clases y tipos de faltas.—Las faltas sujetas a sanción se clasifican en leves,
graves y muy graves:
Son faltas leves:
a) Alterar las normas de convivencia y de respeto mutuo, creando situaciones de
malestar en el Centro.
b) Utilizar inadecuadamente las instalaciones y medios del Centro o perturbar las
actividades del mismo.
c) Promover y participar en altercados, riñas o peleas de cualquier tipo.
d) La producción de daños leves, intencionadamente o con negligencia inexcusable,
en el local, mobiliario, menaje, objetos, material o instalaciones del Centro.
Son faltas graves:
a) La reiteración de las faltas leves, considerando dos en un año.
b) Cualquier actitud que suponga escarnio o menosprecio ostensible y manifiesto hacia otra persona socia, usuaria, personal municipal, personal al servicio del Centro, integrante de la Junta Directiva o del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, así

BOCM-20240227-59

Menciones honoríficas, altas y sanciones