C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240224-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Europa Press Delegaciones, S. A. (Código número 28101771012017)
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B.O.C.M. Núm. 47

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE FEBRERO DE 2024

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En este grupo también se incluyen las figuras de documentalista, técnico titulado/a grado medio,
técnico no titulado/a, administrativo/a titulado/a de grado medio, administrativo/a no titulado/a, y
telefonista con menos de 5 años de permanencia en Europa Press.
Grupo 6.
Pertenecen a este grupo profesional las personas que ejecutan tareas intelectuales, técnicas y
administrativas de poca complejidad, sujetas a instrucciones de trabajo, por formación,
conocimiento y experiencia profesional. Desarrollan sus funciones sin autonomía y bajo
supervisión.
Dentro del grupo 6, se incluye las siguientes categorías:
Agente de ventas:
Administrativos/a: Es el personal que poseyendo conocimientos de mecánica administrativa,
técnicos y contables realicen habitual y principalmente aquellas funciones generalmente
reconocidas por la costumbre como de personal de oficinas o despacho.
Servicios auxiliares:
Telefonista.
Encargado/a de almacén
Almacenero/a.
Subalterno/a:
Conserje.
Portero/a.
Ordenanza.
Guardas, serenos y vigilantes jurados.
Personal de limpieza.
La retribución mínima correspondiente a cada uno de los grupos citados se incluye en el anexo 1
del presente Convenio Colectivo. En el caso de trabajadores/as a tiempo parcial se aplicará la
retribución proporcional a las horas trabajadas sobre la jornada anual con los pluses que
correspondan por nocturnidad o trabajo en fin de semana en su caso.
Art. 27. Plus de nocturnidad y fines de semana.—El plus de nocturnidad que corresponde a los
trabajadores/as que de modo continuo o periódico tengan que realizar su jornada laboral en el
período comprendido entre las 22 horas y las 6 horas se retribuirá a razón de 274,58 euros brutos
mensuales.
Los trabajadores que desarrollen la totalidad de su jornada en turno de noche tienen derecho a
cinco días laborables libres al año adicionales que podrán disfrutar según su criterio, aunque sin
posibilidad de unirlos al período vacacional.
Los periodistas de nueva incorporación a la empresa que durante al menos 18 meses desarrollen
la mayor parte de su jornada laboral en el turno de noche serán incluidos automáticamente en el
grupo profesional 3.
El plus de fin de semana que corresponde a los trabajadores/as que de modo continuo o periódico
tengan que realizar su jornada laboral en sábados o domingos se retribuirá en la cuantía del 25 por
100 sobre el salario mínimo interprofesional que cada año establezca el Ministerio de Trabajo.
En el caso de que la persona que tiene derecho a estos pluses no trabaje a tiempo total en dichas
condiciones se le calculará el mismo proporcionalmente a las horas que trabaje en las mismas.

Art. 28. Plus personal voluntario.—El Plus personal voluntario es aquel complemento cuya cuantía
viene dada por la diferencia entre los conceptos que formen parte del salario establecido en el
presente Convenio Colectivo y el salario actualmente percibido por los trabajadores/as de Europa
Press Delegaciones, S. A.
Este plus podrá ser objeto de absorción y compensación, a excepción del incremento de
retribución por la aplicación del art. 29 del convenio colectivo de variación salarial que no podrá ser
absorbido ni compensado.

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No obstante, lo anterior, no procederá el abono de los pluses previstos en los párrafos anteriores,
cuando la retribución se haya establecido atendiendo a que el trabajo se desarrolle en régimen
nocturno y/o durante los fines de semana.