C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240224-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Europa Press Delegaciones, S. A. (Código número 28101771012017)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE FEBRERO DE 2024

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B.O.C.M. Núm. 47

“Periodista de categoría B”: es un periodista titulado que realiza un trabajo intelectual
altamente elaborado, mediante la realización de actividades complejas y diversas, que exijan
alta capacidad de interrelación humana. Posee los conocimientos periodísticos suficientes que
capacitan para crear, diseñar, realizar informaciones periodísticas en cualquier formato (texto,
foto, audio y video) de alta complejidad, a partir de algunas fuentes propias, y con un elevado
nivel de autonomía, pero sin experiencia suficiente. Además, transcurridos veinticuatro meses
en el puesto, el trabajador adquirirá automáticamente la categoría A.

Dentro del área técnica, el grupo 3 integra a los operadores de cámaras y fotógrafos y que
acumulen más de tres años de permanencia en Europa Press en su puesto, con los mismos
periodos de permanencia en la categoría B que los periodistas.
Asimismo, dentro del área administrativa, el grupo 3 también integra a los técnicos y
administrativos de grado superior y que acumulen más de tres años de permanencia en Europa
Press en su puesto, con los mismos periodos de permanencia en la categoría B que los
periodistas.
Grupo profesional 4.
Pertenecen a este grupo los puestos que realizan actividades específicas dentro de un área
determinada de conocimiento, y se responsabilizan de cumplir con la programación y supervisión
de actividades realizadas, incluso con otros colaboradores internos o externos, y que dispongan de
la necesaria formación, conocimiento y experiencia profesional. Organizan y programan bajo su
responsabilidad, incluso en colaboración de forma cercana con la actividad desarrollada por otras
personas. Desarrollan sus funciones con autonomía, pero con supervisión puntual.
En este grupo profesional se incluyen:
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“Periodista de categoría C”. Es un periodista titulado que realiza sus funciones bajo
supervisión directa de superiores. Realiza un trabajo complejo y elaboración relativa, con un
cierto nivel de autonomía, pero bajo dirección. Posee los conocimientos periodísticos
suficientes que capacitan para crear, diseñar, realizar informaciones periodísticas en cualquier
formato (texto, foto, audio y video) de cierta complejidad, pero con un uso poco frecuente de
fuentes propias y un limitado grado de novedad, creatividad y originalidad. El plazo máximo de
permanencia en esta categoría es de un año, tiempo tras el cual adquirirá la categoría B
dentro del grupo 3.

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“Operador de cámara” y “fotógrafo”. Cuando éstos acumulen más de dos años de
permanencia en Europa Press desempeñando este tipo de funciones. El plazo máximo de
permanencia en esta categoría es de un año, tiempo tras el cual adquirirá la categoría B
dentro del Grupo 3.

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“Técnico” y “Administrativo de grado superior” que acumulen más de dos años de permanencia
en Europa Press desempeñando este tipo de funciones. El plazo máximo de permanencia en
esta categoría es de un año, tiempo tras el cual adquirirá la categoría B dentro del Grupo 3.

En este grupo también se incluyen las figuras de documentalista, técnico titulado/a grado medio,
técnico no titulado/a, administrativo/a titulado/a de grado medio, administrativo/a no titulado/a, y
telefonista con más de 5 años de permanencia en Europa Press.
Grupo profesional 5.
Se integran en este grupo los puestos que conforman tareas consistentes en la ejecución de
operaciones que, aun cuando se realicen bajo instrucciones precisas, requieran adecuados
conocimientos profesionales y aptitudes prácticas, cuya responsabilidad está limitada por una
coordinación y supervisión directa y sistemática. Incluye además la realización de tareas que, aun
sin implicar ordenación de trabajo, tienen un contenido medio de actividad intelectual o técnico y de
relaciones humanas, sin trabajadores a su cargo.
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“Periodista de categoría D” es un periodista titulado sin experiencia profesional y de nuevo
acceso a la empresa (independientemente de su edad o del tiempo transcurrido desde la
adquisición de su titulación, sin que se pueda considerar como tal experiencia a los efectos de
esta descripción la que haya podido adquirir como becario). Realiza un trabajo intelectual
elaborado, que requiere adecuados conocimientos profesionales y aptitudes prácticas, pero su
autonomía está limitada por una supervisión directa y sistemática. Apenas emplea fuentes
propias y sus informaciones periodísticas presentan un limitado grado de novedad, creatividad
y originalidad. Transcurridos veinticuatro meses, el trabajador pasará a “Periodista de
categoría C”

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Operadores de cámara y fotógrafos cuando sean de nueva incorporación a la empresa.

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Dentro del grupo profesional se incluye: