San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20240223-61)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 46

de la realización de este ejercicio, los criterios de valoración del supuesto. La calificación
máxima de este ejercicio será de 10 puntos.
18.3. Los/las aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único,
siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezca, salvo causa de fuerza mayor, que será valorada por el Tribunal, adoptando resolución motivada a tal efecto.
18.4. Los aspirantes no podrán disponer, ni ser portadores de dispositivos electrónicos, de telefonía, mensajería o similares, que permitan la comunicación, consulta, transmisión de información, voz, registro y difusión de imágenes. El incumplimiento de esta norma
comportará la exclusión del proceso selectivo del aspirante que incurra en dicha prohibición.
18.5. Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas.
Decimonovena. Calificación del proceso selectivo.—19.1. Cada ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de
ellos para superarla:
19.1.1. Calificación del primer ejercicio: cada pregunta contestada correctamente se
valorará en positivo con 1 punto. La pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres
respuestas alternativas en blanco, o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración. La pregunta con contestación errónea será penalizada con 1/3 del valor asignado a la
contestación correcta. La calificación de este ejercicio se ponderará sobre 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
19.1.2. Calificación del segundo ejercicio: se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
19.2. La calificación definitiva vendrá determinada por la suma de las puntaciones
obtenidas en los dos ejercicios que la conforman.
19.3. La puntuación máxima es de 20 puntos. Para superar el proceso selectivo será
necesario obtener una puntación mínima de 10 puntos.
19.4. En caso de empate, se resolverá siguiendo los siguientes criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la oposición.
2. Si continuase el empate, se resolverá por orden alfabético del primer apellido de
los aspirantes empatados, de conformidad con la letra determinada en el sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a
que se refiere el artículo 17 del RGI, publicado en el “Boletín Oficial del Estado”
número 180, de 29 de julio de 2023.
19.5. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios y
en la sede electrónica del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial la relación de aprobados por orden de puntuación y elevará dicha relación a la Alcaldía o concejalía en la que se
hubiese delegado el ejercicio de competencias en esta materia, a los efectos de formulación
del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera, precisándose que el número
de personas aprobadas no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas convocadas.
Vigésima. Presentación de documentación por los aspirantes propuestos.—20.1. Los
aspirantes propuestos aportarán al departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento
los siguientes documentos:
a) Fotocopia de la tarjeta de afiliación a la Seguridad Social, en su caso, en la que
aparezca el aspirante como titular.
b) Original y fotocopia del documento nacional de identidad o, si no tuviese la nacionalidad española, del pasaporte junto con el correspondiente permiso de trabajo.
c) Copia autentificada o fotocopia (que deberá acompañarse del original para su
compulsa) del Título exigido en las bases, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se
deberá aportar la credencial que acredite su homologación.
d) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas.
e) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar que no están sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado,
el acceso a la función pública.
f) Declaración responsable de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad.

BOCM-20240223-61

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