D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240220-50)
Convenio –  Convenio de colaboración de 18 de enero de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Talamanca de Jarama, para la regulación de las condiciones de integración de dicho municipio en la Red de Teatros de la Comunidad de Madrid, en su modalidad intermitente
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 43

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE FEBRERO DE 2024

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de los derechos de propiedad intelectual y de los impuestos derivados de las actuaciones,
todos ellos a cargo del municipio.
Cada semestre, los ayuntamientos enviaran a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas copia de los contratos o facturas abonadas por cada municipio a las compañías programadas.
Transcurrido el plazo de seis meses sin que el ayuntamiento haya hecho efectivo el abono que le corresponde a la compañía programada, la Comunidad de Madrid reducirá de la
asignación anual para la programación de la Red en dicho municipio, una cantidad al menos
igual a la adeudada a las compañías, excepto si el impago está debidamente justificado.
Undécima
Comprobación de la realización de los espectáculos
Los responsables de cada recinto, o la persona en quien deleguen, deberán supervisar
la buena marcha de cada una de las representaciones y, después de cada actuación, enviar
a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas certificación acreditativa de que
ésta se ha realizado, así como las hojas de taquilla correspondientes y una valoración del resultado de la actuación según ficha regularizada a tal efecto y aprobada por el Plenario.
Semestralmente los programadores municipales están obligados a presentar datos de
espectadores, los datos de taquilla y la valoración de los espectáculos programados durante el año anterior.
Duodécima
Imagen corporativa
El espacio escénico adscrito a la Red de Teatros de la Comunidad de Madrid deberá
tener en la fachada la placa identificativa que señale su pertenencia a la Red y que será facilitada por la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas.
En toda la publicidad que se realice de las actividades derivadas del presente convenio
deberá constar siempre el logotipo de la Comunidad de Madrid y la leyenda “Red de Teatros”, según los modelos que serán facilitados por la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas.
La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas podrá difundir en los medios
de comunicación que considere adecuados la programación de la Red de Teatros.
Decimotercera
Memoria de actividades
La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas facilitará un modelo de memoria de actividades que el municipio está obligado a presentar dentro del primer trimestre de
cada año.
Decimocuarta

Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Talamanca de Jarama se informan recíprocamente de que los datos personales
que se recogen en virtud de este convenio, incluidos los datos del personal al servicio de
una de las partes a los que la otra pueda tener acceso durante el desarrollo del mismo, serán
tratados por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid o por

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