C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240215-33)
Bases ayudas –  Orden 179/2024, de 30 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a Entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid en materia de archivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 39

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE FEBRERO DE 2024

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caso, incluirá las previsiones necesarias para que los posibles solicitantes conozcan de forma inequívoca el cómputo de plazos para la presentación de solicitudes.
5. Las subvenciones serán concedidas mediante el procedimiento de concurrencia
competitiva.
Artículo 6
1. Las solicitudes para la línea de actuación de adecuación del depósito de archivo
serán objeto de la siguiente valoración:
a) Deficiencias en las instalaciones del depósito destinado a archivo: hasta 7 puntos.
b) Riesgo en la conservación de los documentos: hasta 7 puntos.
c) Idoneidad del proyecto a realizar: 1 punto.
2. Las solicitudes para equipamiento de local archivo se valorarán de acuerdo con los
siguientes criterios:
a) Deficiencias o inexistencia de equipamiento: hasta 7 puntos.
b) Riesgo en la conservación de los documentos: hasta 5 puntos.
c) Mejoras que se conseguirán en caso de llevarse a cabo la intervención solicitada:
hasta 3 puntos.
3. Las solicitudes para la línea de actuación de organización y tratamiento archivístico integral de fondos documentales desorganizados se evaluarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Límites cronológicos de los documentos: hasta 7,5 puntos, con el siguiente desglose:
1.o Hasta el siglo XIX: 7,5 puntos.
2.o De 1900 a 1985: 5 puntos.
3.o De 1986 en adelante: 4 puntos.
b) Riesgo de pérdida o destrucción de los documentos: hasta 7,5 puntos, con el siguiente desglose:
1.o Riesgo alto: 7,5 puntos.
2.o Riesgo medio: 5 puntos.
3.o Riesgo bajo: 4 puntos.
4. Las solicitudes para la línea de actuación de restauración de documentos serán objeto de la siguiente valoración:
a) Estado de conservación de los documentos: hasta 5 puntos.
b) Nivel de consulta de los documentos: hasta 2 puntos.
c) Límites cronológicos de los documentos: hasta 4 puntos, con el siguiente desglose:
1.o Hasta el siglo XVI: 4 puntos.
2.o Del siglo XVII al siglo XVIII: 3 puntos.
3.o Del siglo XIX a 1949: 2 puntos.
4.o De 1950 en adelante: 1 punto.
d) Riesgo de pérdida o destrucción: hasta 4 puntos.
1.o Riesgo alto: 4 puntos.
2.o Riesgo medio: 2 puntos.
5. Las solicitudes para la línea de actuación de digitalización y/o microfilmación de
fondos documentales históricos serán objeto de la siguiente valoración:
a) Estado de conservación de los documentos: hasta 6 puntos.
b) Nivel de consulta de los documentos: hasta 5 puntos.
c) Límites cronológicos de los documentos: hasta 4 puntos, con el siguiente desglose:
1.o Hasta el siglo XVI: 4 puntos.
2.o Del siglo XVII al siglo XVIII: 3 puntos.
3.o Del siglo XIX a 1949: 2 puntos.
4.o De 1950 en adelante: 1 punto.

BOCM-20240215-33

Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención y determinación de su cuantía