Parla (BOCM-20240214-75)
Organización y funcionamiento. Acuerdo regulador
18 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 38

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE FEBRERO DE 2024

Pág. 333

2. Los funcionarios/as del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Parla percibirán, en concepto de Complemento de Productividad, las cuantías relacionadas en atención
al mayor porcentaje de cumplimiento mensual de jornadas completas de servicio asignadas:
TURNO
5X2

Nº DÍAS
AUSENCIA/MES

240 €

3

120 €

4

70 €

5 o más
7X7

MIXTO
oct-jun

240 €

2

120 €

3

70 €
0€

0

240 €

1

120 €

2

70 €

3 ó más

0€

0, 1 ó 2

240 €

3

120 €

4

70 €

5 ó más
MIXTO
jul-sept

0€

0ó1

4 ó más
NOCHE

C. PROD.

0, 1 ó 2

0€

0ó1

240 €

2

120 €

3

70 €

4 ó más

0€

DÍA

C. PROD.

MAÑANA

TURNO

DOMINGO

15 €/DIA

TARDE

SABADO

25 €/DIA

NOCHE

VIERNES

25 €/DÍA

NOCHE

SABADO

25 €/DÍA

MAÑANA (5X2)

MIÉRCOLES(*)

15 €/DIA

* Implica la disponibilidad para realizar mercadillo.

BOCM-20240214-75

3. Las ausencias parciales computarán, a efectos del presente artículo, como una ausencia completa.
4. No computarán como ausencia, a efectos de la percepción del complemento de
productividad previsto en el presente artículo:
1.o Días de vacaciones y días adicionales de vacaciones por antigüedad.
2.o Días de asuntos particulares y días adicionales de asuntos particulares por antigüedad.
3.o Accidentes laborales que den lugar a una situación de incapacidad temporal producidas en intervenciones policiales, con lesiones acreditadas en atestado policial
y con parte de lesiones.
Cuando la situación de incapacidad temporal prevista en este ordinal haya tenido
lugar antes del 20 del mes en curso y persista hasta el último día del mes, el/la funcionario/a tendrá derecho a percibir únicamente el complemento íntegro del mes
en curso. Si acontece con posterioridad, el funcionario/a tendrá derecho exclusivamente a percibir el complemento del mes en curso y el del mes siguiente si al
finalizar este último, persiste la situación de incapacidad temporal.
4.o Actos de representación sindical debidamente solicitados en tiempo y forma y previamente autorizados.
5.o Días de exceso de jornada (SA).
Art. 31. Productividad por cumplimiento de jornadas esenciales.—1. El objetivo
definido en el presente artículo es el mayor grado de cumplimiento de aquellas jornadas
consideradas esenciales por ser en las que, con carácter general, se requiere una mayor presencia de efectivos por suponer una mayor actividad para el Cuerpo de Policía Local.
2. Los/as funcionarios/as del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Parla
percibirán, en concepto de Complemento de Productividad, las cuantías relacionadas en
atención al mayor porcentaje de cumplimiento mensual de jornadas completas consideradas esenciales: