B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240212-13)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades en el citado Cuerpo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 36

2.6. Citas y bibliografía referidas al tema.
2.7. Conclusión final personal y coherente con el desarrollo.
3. Redacción, escritura y orden ............................................................................................................................... 2 puntos
3.1. Correcta redacción y sintaxis del texto.
3.2. Correcta presentación y legibilidad del contenido escrito.

SEGUNDA PRUEBA
PARTE A. PRESENTACIÓN Y DEFENSA DE UNA PROGRAMACIÓN DOCENTE (PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA).
1. Aspectos formales.
1.1. La programación será elaborada de forma individual por el aspirante y tendrá una extensión máxima de 60 páginas,
incluidos los materiales de apoyo y anexos. Será presentada en tamaño “A4”, por una sola cara, con letra tipo “Arial” de
12 puntos, sin comprimir, con interlineado doble y márgenes de 2,5 cm. Si en la programación se incorporan tablas, estas
deberán cumplir los requisitos anteriores a excepción del interlineado que podrá ser sencillo. El incumplimiento de estos
requisitos será penalizado por el tribunal. La programación incluirá una portada en la que se especificarán los datos de
identificación del aspirante y la especialidad. Dicha portada no estará incluida en la extensión máxima de 60 páginas.
Se aplicarán las siguientes penalizaciones sobre la puntuación total de esta parte:
— En caso de que la programación no se presente conforme a los requisitos de forma establecidos: A4, por una sola
cara en letra Arial de 12 puntos sin comprimir, a doble espacio (excepto en tablas) y márgenes de 2,5 cm: hasta 5
puntos.
— En caso de que la programación sobrepase las 60 páginas: 2 puntos, debiéndose anular las páginas que sobrepasen
ese número y que, por lo tanto, no serán valoradas.
1.2. En el caso de que el tribunal detecte que la programación didáctica, de carácter personal, no cumple con el requisito
de elaboración propia, o no cumple con el requisito formal del número mínimo de 15 unidades de programación didáctica,
la puntuación que se otorgará a la parte A de la segunda prueba será de cero puntos
2. Estructura y desarrollo de los elementos del currículo……………………………………………………………………..4 puntos
n el caso de la programación didáctica los elementos que deberán especificarse son, al menos, los siguientes:
a. Enumeración de las unidades de programación didáctica que conforman la programación didáctica del ciclo,
secuenciación de las mismas por curso y justificación de la organización planteada. Esta justificación consistirá en
la argumentación de las razones que han motivado dicha secuenciación y las características generales de las UPD
y la relación entre los diferentes elementos curriculares que las componen. En el caso de las especialidades de PT
y AL se hará referencia a las posteriores Adaptaciones Curriculares que de esas Unidades de Programación
Didáctica se realicen.
b. Tratamiento de los contenidos transversales con acuerdo a las características del ciclo en el centro seleccionado.

BOCM-20240212-13

c. Métodos pedagógicos acordados conforme a las características del ciclo y del alumnado en el centro seleccionado
y de las actividades/ situaciones de aprendizaje planteadas en las UPD, a fin de favorecer el desarrollo
competencial del alumnado.