B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240212-13)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades en el citado Cuerpo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 36

8.5. La adquisición de esta nueva especialidad no supone la pérdida de la anterior o
anteriores que se pudieran poseer. Quienes tengan adquirida más de una especialidad podrán acceder a plazas correspondientes a cualquiera de ellas, a través de los mecanismos
establecidos para la provisión de puestos de trabajo de los funcionarios docentes, manteniendo todos los derechos que pudieran corresponderles, con referencia a la fecha efectiva de su ingreso en el Cuerpo de Maestros.
TÍTULO III
Acceso a la información a través de Internet y Protección de datos personales
A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por
el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado por la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los
datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección
General de Recursos Humanos para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su
cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.
Con la firma de la solicitud, la persona interesada da el consentimiento a la administración convocante para que pueda proceder a la publicación en la página web, o en cualquier
espacio establecido al efecto, de los datos de carácter personal necesarios para los actos de
trámite que se deriven del proceso selectivo.
Para poder acceder a determinados datos de su interés, conforme se establezca en las
resoluciones que desarrollen esta convocatoria, es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos
en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o bien estar dado de alta en IDentifica, medio de identificación y firma digital de la Comunidad de Madrid, o en alguno de
los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del Estado o bien disponer de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de
Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. Dicha información se encuentra en el portal “personal+educación” ( www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), en la sección, “Tramitación
electrónica”.
En la gestión de estos procedimientos, el tratamiento de los datos personales derivados
de la instancia-solicitud y de la documentación adjunta a la misma será responsable la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, cuyo domicilio social se puede consultar en www.comunidad.madrid/centros y cuyo
contacto del delegado de protección de datos es protecciondatos.educacion@madrid.org
En cumplimiento de lo establecido por el Reglamento (UE) 2016/679, de Protección
de Datos Personales, sus datos serán tratados para la finalidad de Ingreso en el Cuerpo de
Maestros y adquisición de nuevas especialidades del citado cuerpo.
La licitud del tratamiento de su datos está legitimada en base a la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los Cuerpos
docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula
el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima
de la citada Ley, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro
Central de Delincuentes Sexuales. RGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento., RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en
el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
En los tablones electrónicos de los tribunales, se reproducirá toda la información que
se publique en los tablones físicos situados en las sedes de los tribunales y se podrá presen-

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