B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240212-13)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades en el citado Cuerpo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 36

A tales efectos, estarán incluidos en la categoría segunda, correspondiendo a la Dirección General de Recursos Humanos fijar el número máximo de asistencias que tendrán derecho a percibir.
De conformidad con lo establecido en el artículo 30.5 del citado Real Decreto, los
miembros de los órganos de selección sólo devengarán una asistencia por día.
Séptima
Conforme a lo establecido en la disposición adicional duodécima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en el Capítulo I, del Título III del Real Decreto 276/2007, de 23 de
febrero, el sistema de ingreso en la Función Pública Docente será el de concurso-oposición,
tendrá carácter eliminatorio y constará de las siguientes fases: fase de oposición, fase de
concurso y fase de prácticas.
7.1. Temarios:
Según lo establecido en la Orden ECD/191/2012, de 6 de febrero, por la que se regulan los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, accesos y adquisición
de nuevas especialidades en los cuerpos docentes establecidos en la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, los temarios vigentes para las diferentes especialidades convocadas en este procedimiento, son los siguientes:
— Orden de 9 de septiembre de 1993, del Ministerio de Educación, por la que se
aprueban los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades y movilidad para determinadas especialidades de
los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, regulados por el Real Decreto 850/1993, de 4 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 226, de 21 de septiembre).
— Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo, por la que se aprueba el temario que ha de
regir en el procedimiento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades, para la especialidad de Primaria en el Cuerpo de Maestros, regulada por el
Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (“Boletín Oficial del Estado” número 64,
de 15 de marzo).
— Para la especialidad de alemán, se aplicarán los temarios de las especialidades
“Lengua extranjera inglés” y “Lengua extranjera francés” de conformidad con la
Disposición final cuarta del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril, que modifica la
Orden ECD/191/2012, de 6 de febrero, por la que se regulan los temarios que han
de regir en los procedimientos de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación.
7.2. Fase de oposición:
En esta fase, se valorará la posesión de los conocimientos generales necesarios para
ejercer la docencia en las etapas de Educación Infantil o Educación Primaria y de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente, en la forma prevista en esta base, así
como la corrección en la expresión oral y escrita de los aspirantes.
Los criterios de valoración aplicables a la fase de oposición figuran en el Anexo V de
esta Resolución.
7.2.1. Comienzo:
Esta fase dará comienzo a partir del mes de junio de 2024, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3.1.a) y Anexo II de esta Resolución, en relación con la prueba previa de
acreditación del conocimiento del castellano.
7.2.2. Información sobre el desarrollo de la prueba:
Con antelación a esta fecha, la Dirección General de Recursos Humanos publicará Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, indicando el día de inicio de
celebración de las pruebas, las sedes donde se llevarán a cabo las mismas, la distribución de
los aspirantes en los distintos Tribunales y cuantas otras cuestiones se estimen necesarias.
En los casos en que alguna persona impida garantizar que el procedimiento selectivo
se realice conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad o distorsione el normal

BOCM-20240212-13

Sistema de selección