C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240210-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Repsol Trading, S. A. (código número 28014172012007)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 35

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 10 DE FEBRERO DE 2024

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En función de los objetivos y recursos de la empresa, la dirección definirá su estructura organizativa,
asignando a las diversas unidades las competencias y medios adecuados a su misión y objetivos.
Artículo 8. Sistema de clasificación profesional
8.1 Grupos Profesionales
A fin de adaptar el sistema de clasificación profesional al plan educativo en vigor en España, se modifican
los grupos profesionales de Técnicos Superiores y Técnicos Medios, pasando a denominarse y definirse
tales grupos profesionales como Técnicos especializados y Técnicos respectivamente, en función del
nivel de estudios requerido para la actividad para la que el empleado es contratado.
Los actuales Técnicos Medios pasarán automáticamente al grupo de Técnicos y los Técnicos Superiores
al de Técnico Especializado.
Î Técnicos Especializados:
Titulación/Aptitudes profesionales: Título académico de grado más máster habilitante para el
ejercicio de su profesión, siempre que las funciones concretas de la posición requieran disponer de
dicho máster, o nivel de conocimientos equivalente a juicio de la Dirección.
Contenido de la prestación: desempeña funciones, con mando o sin él, propias de su titulación o
experiencia.
Î Técnicos:
Titulación/Aptitudes profesionales: Título académico de grado o nivel de conocimientos equivalente
a juicio de la Dirección.
Contenido de la prestación: desempeña funciones, con mando o sin él, propias de su titulación o
experiencia.
Se mantienen el resto de las categorías
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Técnico Ayudante
Titulación/Aptitudes profesionales: Formación técnica a nivel de Módulo de Grado Superior
o conocimientos equivalentes a juicio de la Dirección.
Contenido de la prestación: Desempeña funciones propias de especialidades técnicas,
pudiendo ejercer supervisión sobre la ejecución del trabajo de otras personas.

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Administrativo.
Titulación/Aptitudes profesionales: Formación administrativa a nivel de Bachillerato, Módulo
de Grado Superior o conocimientos equivalentes a juicio de la Dirección.
Contenido de la prestación. Realiza funciones administrativas, contable u otras análogas,
utilizando para ello los equipos necesarios para el tratamiento de la información, ya sea en
las unidades administrativas de la Empresa o en otras áreas de la misma, pudiendo ejercer
supervisión sobre la ejecución de trabajos de otras personas.
Oficial Cualificado.
Titulación/Aptitudes profesionales: Formación a nivel de Módulo de Grado Superior o
conocimientos equivalentes a juicio de la Dirección.
Contenido de la prestación: Realiza funciones en especialidades propias de la Empresa o
en oficios clásicos a partir de una suficiente corrección y eficiencia, pudiendo ejercer
supervisión sobre el trabajo de otras personas.

BOCM-20240210-1

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