C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240210-3)
Convenio colectivo –  Corrección de errores de la Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Stellantis España, S. L., Centro de Madrid (CNAE 2910), antes Peugeot Citroën Automóviles España, S. A. (Código número 28000312011981)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 35

SÁBADO 10 DE FEBRERO DE 2024

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El acceso al Centro de todas las personas trabajadoras que se contraten se podrá
realizar por el Nivel 1B.
En el caso de adscripción profesional en el nivel 1B, la progresión profesional se
realizará según los criterios definidos en el siguiente apartado 1.3, comenzando por
las competencias establecidas para nivel 1 en el respectivo referencial y así
sucesivamente.
1.3. Procedimiento de evolución profesional
a) Criterios y requisitos para la evolución profesional en el Grupo
Profesional de Personal Operari@ (Horario)
Para el Grupo Profesional Operari@ (Horario), la evolución es
independiente del puesto que en cada momento ocupe la persona
trabajadora, al estar basada en la validación de los siguientes criterios:
-

-

Nivel de competencias ejercido, según el referencial de la
especialidad u oficio que esté desarrollando en cada momento la
persona trabajadora.
Desempeño profesional, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
o La realización del trabajo individual y en equipo.
o El respeto de las reglas y consignas.
o La asistencia y puntualidad.

Ambos criterios se tratarán en la entrevista individual entre la jerarquía y
cada trabajador/a que se realiza anualmente.
Además de los criterios anteriores, para alcanzar un nivel de competencias
igual o superior al nivel 8, se evaluará la aportación personal a la mejora
continua, es decir, el grado de consecución de los objetivos individuales de
progreso que se hayan fijado en la entrevista individual.
Para que se produzca una promoción profesional será necesario que la
persona trabajadora tenga:

 Valoración suficiente del desempeño profesional.
 Además, acreditadas las competencias necesarias para acceder al
nivel superior.

BOCM-20240210-3

 Una antigüedad mínima en el nivel de clasificación: 2 años para
cada uno de los niveles hasta alcanzar el nivel 9 y 3 años para los
niveles 9 en adelante.