Paracuellos de Jarama (BOCM-20240208-45)
Organización y funcionamiento. Reglamento Uso Instalaciones Deportivas
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BOCM

JUEVES 8 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 33

TÍTULO I
Normas generales de uso de las instalaciones deportivas municipales
Art. 5. Acceso.—El acceso a las instalaciones deportivas municipales supone la
aceptación de las normas contenidas en el presente Reglamento.
Capítulo I
Uso de las instalaciones deportivas municipales
Art. 6. Uso de las instalaciones deportivas municipales.—1. Podrán utilizar las
instalaciones deportivas municipales las personas que estén en posesión del título de uso,
en aquellos casos en los que este resulte exigible.
2. Con carácter general, podrán utilizar las instalaciones deportivas municipales, en
uso libre, los mayores de catorce años, debiendo, en el caso de los menores de esa edad, ir
acompañados de una persona mayor de edad debidamente identificada, sin perjuicio de las
normas específicas recogidas en el presente Reglamento, y previa autorización por parte del
Área correspondiente.
3. Por razones de aforo se podrá limitar el acceso de los usuarios, teniendo preferencia en las competiciones y acontecimientos deportivos los acompañantes de los deportistas.
4. Las instalaciones deportivas municipales podrán ser reservadas por los usuarios
con una antelación máxima de 5 días a la fecha de uso, salvo que el área del servicio de deportes estime cualquier otra por razones justificadas del servicio, por los medios de los que
disponga la Concejalía de Deportes, previo abono de la tasa/precio público/tarifa correspondiente.
5. Con carácter general, será posible el cambio de la fecha de la reserva, previa solicitud al responsable de la instalación, a un momento posterior, dentro de los treinta días siguientes, siempre que la disponibilidad de la instalación así lo permita, cuando la solicitud
de cambio se realice con una anterioridad de 24 horas a la fecha y hora reservada previamente. Únicamente si el cambio dentro de ese plazo no fuera técnicamente posible, podrá
procederse a la devolución de las cantidades abonadas.
6. Con carácter general, será posible la anulación de la reserva siempre y cuando se
produzca con una antelación de 24 horas a la fecha y hora reservadas previamente, procediendo a la inclusión de su importe en el monedero virtual del usuario/a titular de la reserva.
Art. 7. Horario de uso.—Se podrá hacer uso de las instalaciones deportivas municipales los días y horas fijados para las mismas por el órgano competente. Los horarios de las
distintas instalaciones serán objeto de publicación en la página web municipal, además de
en las distintas instalaciones. Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación se reserva el derecho a modificar los horarios establecidos cuando concurran circunstancias que así lo justifiquen, a juicio de los responsables de las mismas.
Capítulo II
Derechos, deberes y prácticas prohibidas a los usuarios
Art. 8. Derechos de los usuarios.—Son derechos de los usuarios:
a) Tener acceso a la siguiente información sobre los servicios deportivos:
1. La oferta de servicios y su forma de acceso.
2. Las instalaciones y los equipamientos disponibles.
3. Los horarios de prestación del servicio, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior.
4. La lista de las tasas, precios públicos o tarifas vigentes.
5. La suspensión de servicios o cualquier incidencia que se produzca.
b) Disponer de instalaciones y equipamientos deportivos en buenas condiciones de
uso y accesibles a personas con diferentes capacidades.
c) Conocer la identidad del personal bajo cuya responsabilidad se presta el servicio y
ser atendidos con respeto y cortesía por parte del personal que lo presta.
d) Recibir el servicio por personal con la cualificación adecuada.
e) Formular cualquier sugerencia, reclamación o queja y ser contestados en el plazo
legalmente establecido.

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