Paracuellos de Jarama (BOCM-20240208-45)
Organización y funcionamiento. Reglamento Uso Instalaciones Deportivas
24 páginas totales
Página
B.O.C.M. Núm. 33

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE FEBRERO DE 2024

deportiva solicitada, adjuntando a la misma el programa deportivo, que describa los objetivos del mismo y las actividades que se desarrollarán en los espacios solicitados.
5. La Dirección del Centro Deportivo valorará las solicitudes atendiendo a la disponibilidad de espacios y a los criterios de programación deportiva establecidos por la Dirección General de Deportes.
Art. 48. Utilización de instalaciones deportivas municipales para actividades culturales, espectáculos deportivos extraordinarios o actividades extradeportivas.—El procedimiento para la obtención de una Autorización especial de uso de estas características se
regirá por lo dispuesto en los apartados siguientes.
Para reserva en fecha determinada procedimiento a seguir es el siguiente:
1. Solicitud escrita, presentada en el Registro de la Corporación con una antelación
mínima de un mes, para disponibilidad de la instalación y fecha, dirigida al Ayuntamiento
de Paracuellos de Jarama. Dicha solicitud deberá especificar los datos de la entidad solicitante (nombre, dirección, CIF, representante legal, teléfono, etc.) o los datos de la persona
física o asociación que realice la solicitud. Deberá figurar inexcusablemente el fin principal del acto.
Además de la solicitud anteriormente indicada la entidad solicitante, deberá acompañarla de un proyecto que deberá incluir una descripción pormenorizada de los siguientes
conceptos:
— Organizador.
— Destinatarios.
— Número de participantes.
— Descripción del evento.
— Normas de inscripción.
— Precios (en su caso).
— Espacios solicitados y necesarios para llevar a cabo el evento.
— Montajes previos y recogidas posteriores (tiempo necesario para la perfecta organización).
— Fechas y horarios.
— Programa debidamente detallado.
— Recursos Humanos que precisan.
— Recursos Sanitarios (ambulancias y demás recursos de índole sanitaria que puedan necesitar para la realización del evento).
— Recursos de Seguridad (solicitud de policía local, guardia civil, protección civil o
seguridad privada que pueda necesitarse para llevar a cabo el evento).
— Programa de Difusión del evento.
— Limpieza (la que van a necesitar durante el evento o si se van a encargar ellos de la
misma).
2. La Concejalía de Deportes, previa tramitación del oportuno expediente, contestará por escrito en el plazo más corto posible a la solicitud presentada. Deberá fijar en el acto
de autorización, tanto las condiciones de utilización del inmueble, estableciendo lo necesario para que la misma no interfiera su uso por los órganos administrativos que lo tuvieran
afectado o adscrito, como la contraprestación a satisfacer.
3. Una vez concedida la autorización especial el solicitante tendrá un plazo de cinco
días para depositar, en su caso, la fianza establecida por la Concejalía atendiendo a la naturaleza del evento. En el caso de que la fianza no hubiese sido depositada, quedará anulada
la reserva.
4. La Concejalía de Deportes se reserva la facultad de no ceder sus instalaciones si
con ello se perjudicara a una concesión o cualesquiera reserva de uso o actividad programada efectuada con anterioridad, o que figure en la programación de cualesquiera de sus
Concejalías.
5. Con la antelación de 10 días a la celebración del acto concedido, el solicitante deberá:
a) Entregar el justificante de pago de la tasa/precio público de la cesión, en los términos expresados en la autorización.
b) Presentar una póliza de responsabilidad civil que cubra los daños y perjuicios que
pudieran derivarse de la celebración del acto o actividad programada, y que habrá
de cubrir tanto los daños a la propia instalación, como a los participantes en la misma, así como los posibles daños a terceros que se pudieran producir como consecuencia de la misma.

Pág. 139

BOCM-20240208-45

BOCM