Paracuellos de Jarama (BOCM-20240208-45)
Organización y funcionamiento. Reglamento Uso Instalaciones Deportivas
24 páginas totales
Página
BOCM

JUEVES 8 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 33

TÍTULO PRELIMINAR
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.—El presente Reglamento tiene por objeto regular la utilización
de las instalaciones deportivas municipales. Asimismo, establece las pautas a seguir en
aquellos casos que sean susceptibles de ser puestas a disposición de terceros.
Art. 2. Definiciones.—1. Instalaciones deportivas municipales: son aquellas edificaciones o inmuebles, campos, dependencias o espacios, de cualquier característica, al aire
libre o cubiertas, cerradas o abiertas, destinadas a la práctica del deporte y la actividad física, incluyendo las zonas de equipamiento, complementarias o funcionalmente necesarias
para el desarrollo de la actividad deportiva, de titularidad del Ayuntamiento de Paracuellos
de Jarama o cedidas al mismo por cualquier título jurídico.
Tienen la consideración de instalaciones deportivas municipales de acceso libre aquellas cuya entrada no esté sometida a condición, no exigiéndose por su uso el pago de tasa,
precio público o tarifa.
2. Personas usuarias. A los efectos de este Reglamento se consideran personas usuarias:
a) Las que, de forma individual, utilicen las instalaciones deportivas municipales
abonando la contraprestación correspondiente, en los casos que la misma resulte
exigible.
b) Colectivos y grupos organizados: reciben esta denominación todos aquellos usuarios que de forma colectiva utilicen las instalaciones deportivas para realizar actividades deportivas. A estos efectos, se distinguirán los siguientes tipos de colectivos:
b.1) Clubes y asociaciones deportivas locales. Son aquellos dados de alta como
tales en el Registro de Entidades Deportivas y/o Asociaciones de la Comunidad de Madrid y en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama.
b.2) Clubes y asociaciones deportivas no locales.
b.3) Equipo local será aquel grupo de personas que bajo esta denominación formen parte de alguna competición deportiva, municipal o de aficionados, estando el equipo formado en, al menos, el 80 por 100 por deportistas empadronados en Paracuellos de Jarama, teniendo su sede social en Paracuellos
de Jarama.
b.4) Centros docentes. Se distinguirán aquellos centros tanto públicos como privados que participan en programas y actividades deportivas desarrolladas
por la Corporación y aquellos otros que hagan uso de las instalaciones deportivas municipales por libre.
b.5) Equipos formados por trabajadores de empresas que tengan su sede en el
municipio de Paracuellos de Jarama. Estando el equipo formado en, al menos, el 80 por 100 por trabajadores de la misma. Serán considerados como
equipos locales a efectos de los precios públicos, tasas o tarifas que se establezcan.
c) Alumnado de actividades deportivas programadas o de las clases o escuelas deportivas entendiendo por tal a aquellas personas inscritas en las escuelas deportivas municipales, cursos o actividades programadas, ya sea en las gestionadas de
manera directa como por el propio Ayuntamiento, como indirecta.
d) Titulares de una reserva de temporada de unidades o espacios deportivos.
e) Participantes en actividades de competición deportiva.
f) Espectadores.
g) Acompañante de actividades deportivas programadas o escuelas deportivas.
3. Tipos de abonados: se considera abonado aquella persona que este en posesión de
la tarjeta de abonado al servicio deportivo municipal y se encuentre al corriente de pago.
Tipos de abonado:
— Abonado empadronado. Persona que está empadronada en Paracuellos de Jarama.
Se justificará el empadronamiento mediante la presentación del DNI (si el solicitante fuera menor de edad con el del padre, madre o tutor legal).
— Abonado trabajador: persona que no estando empadronado en Paracuellos, trabaja
en el municipio, debiendo acreditar dicho extremo mediante la presentación de la
última nómina.

BOCM-20240208-45

Pág. 120

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID