Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20240208-25)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
12 páginas totales
Página
B.O.C.M. Núm. 33

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE FEBRERO DE 2024

— Elaboración de Plan de Gestión de Residuos según la condición 1.ii). Geología y
suelo. (5).
— Elaboración de cartografía a escala proyecto de ejecución identificando los trabajos de campo, según la condición 1.ii). Vegetación, flora e HICs. (2).
— Mantenimiento de isletas de vegetación natural asociadas a elevaciones o topografías escarpadas y evitar afección a vegetación según las condiciones 1.ii). Vegetación, flora e HICs. (6) (7) y (8).
— Elaboración de Plan de Restauración Vegetal e Integración Paisajística según la
condición 1.ii). Vegetación, flora e HICs. (11).
— El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos adicionales que se recogen en el condicionado de la DIA, según el apartado 1.iii).
En lo que se refiere a la Resolución de fecha 25 de mayo de 2023 y a la Resolución de
fecha 31 de mayo de 2023, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA
y en las citadas declaraciones de impacto ambiental deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, con el desglose que permita
identificar cada una de las medidas definidas, previamente a su aprobación.
Las citadas declaraciones de impacto ambiental han tomado en consideración las modificaciones del proyecto que se han producido atendiendo a los requerimientos expuestos
en informes y alegaciones recibidos durante la tramitación del proyecto. Las principales
modificaciones introducidas en el proyecto son las siguientes:
— Reducción de la superficie de afección del 18,7 % respecto al proyecto original de
la planta fotovoltaica Alten Tres Cantos, lo que ha supuesto una actualización de
la potencia instalada que será recogida en la presente autorización.
— Cambio de ubicación de la subestación transformadora SET Alten Tres Cantos
30/132 kV.
— Modificación de la línea de evacuación entre SET Cubillo 30/132 kV y el apoyo 17
de la línea común de evacuación “SET SPK Borneo 30/220 kV-SE San Sebastián de
los Reyes 220 kV (REE)”.
— Soterramiento parcial de la línea común de evacuación “SET SPK Borneo 30/220
kV-SE San Sebastián de los Reyes 220 kV (REE)” desde el apoyo 17 hasta el apoyo 86. En los términos indicados en la DIA.
— Soterramiento parcial de la línea que se inicia en el apoyo 86 de la línea común de evacuación entre “SET SPK Borneo 30/220 kV-SE San Sebastián de los Reyes 220 kV
(REE)” y finaliza en la SE Colectora Tres Cantos 132/220 kV.
Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en la meritada DIA, en el curso de
las autorizaciones preceptivas previstas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, podría resultar necesaria la tramitación de las mismas en función de lo previsto en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, será de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones
de instalaciones de generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el
cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado artículo.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la autorización administrativa previa de instalaciones de generación no
podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la emisión
del Informe de Viabilidad de Acceso a la red (IVA), así como del Informe de Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) y del Informe de Verificación de las
Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación Tres Cantos GIS 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U.
Por tanto, la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conectará el parque fotovoltaico con la red de transporte, en la subestación de Tres Cantos GIS 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U., a través de una nueva posición de la red de transporte en dicha subestación.
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con fecha 17 de agosto de 2023, los promotores con permisos en dicho nudo de la red de transporte, entre ellos Alten Renovables Iberia 6, S.L. firman un acuerdo para la evacuación conjunta en la Subestación Tres Cantos GIS 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U.
Asimismo, con fecha 30 de agosto de 2023, los promotores con permisos de acceso y
conexión a las subestaciones Tres Cantos GIS 220 kV, La Cereal 400 kV y San Sebastián

Pág. 75

BOCM-20240208-25

BOCM