Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20240208-25)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
12 páginas totales
Página
Pág. 74

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 33

Sebastián de los Reyes 220 kV (REE)”, según la condición 1. I) Condiciones Generales (1).
— Soterramiento parcial de la línea de evacuación entre el apoyo 86 de la línea común
de evacuación “SET SPK Borneo 30/220 kV-SE San Sebastián de los Reyes 220 kV
(REE)” y la SE Colectora Tres Cantos, de longitud total aproximada de 10,12 km,
acorde al punto 1. I) Condiciones Generales (1). De acuerdo con el citado condicionado, las características finales de este tramo habrán de contar con el visto bueno del organismo competente en medio ambiente de la Comunidad de Madrid.
— En base a lo anterior, se redactará el documento técnico que defina la configuración
final del proyecto según la condición y estudios adicionales en los términos del
condicionado 1. I) Condiciones Generales (1). Atendiendo al citado condicionado, deberán presentarse ante los organismos competentes en medio ambiente de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de la Comunidad de Madrid para
su conformidad y se adaptará a las condiciones que estos organismos determinen.
Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, será de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones
de instalaciones de generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el
cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado artículo.
Dentro del condicionado específico de la DIA se atenderá igualmente a:
— El cerramiento perimetral debe adecuarse a lo establecido en la condición 1. Ii)
Medidas preventivas, correctoras y compensatorias (13).
— Redacción de Estudio hidrogeológico según la condición 1. Ii) Medidas preventivas, correctoras y compensatorias (21).
— Mantenimiento de majanos de piedras, linderos, ribazos y pies aislados, así como
aquellos otros elementos que puedan ayudar a mantener la conectividad territorial,
acorde a las condiciones 1. Ii) Medidas preventivas, correctoras y compensatorias
(14) y (30).
— Realización de plan de restauración paisajística según la condición 1. Ii) Medidas
preventivas, correctoras y compensatorias (29).
— El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos adicionales que se recogen en el condicionado de la DIA y, en particular, lo indicado en
el apartado 1. Iii) Condiciones al Programa de vigilancia ambiental (PVA).
Asimismo, la infraestructura común de evacuación “SET SPK Borneo 30/220 kV-SE
San Sebastián de los Reyes 220 kV (REE)” desde el apoyo 17 hasta el apoyo 86, que formaba parte del expediente PFot-551 SPK Borneo ha sido sometida al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada DIA favorable, concretada mediante Resolución de 25 de mayo de 2023 de la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en la que se
establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, y que ha sido debidamente publicada en el “Boletín Oficial del Estado”.
Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto de la
línea común de evacuación “SET SPK Borneo 30/220 kV-SE San Sebastián de los Reyes 220 kV (REE)” desde el apoyo 17 hasta el apoyo 86, establecidos en la DIA, las principales actuaciones que se llevarán a cabo para dar cumplimiento a la misma son las siguientes:
— Soterramiento de la infraestructura de evacuación a lo largo de su paso por la comunidad de Castilla-La Mancha, según la condición 1.ii). Fauna. (1).
— Replanteo de los apoyos 61, 62, así como los accesos de la línea común de evacuación, según la condición 1.ii). Vegetación, flora e HICs. (5)
— Cumplimiento con las condiciones mínimas para evitar la colisión y electrocución
de las aves, según la condición 1.ii). Fauna. (9).
— Establecimiento de elementos salvapájaros en espiral cada 10 m en la infraestructura de evacuación que se construya en aéreo, según la condición 1.ii). Fauna. (10).
— Elaboración de memoria detallada de medidas compensatorias, según la condición 1.i).(5).
— Elaboración de memoria que valore los efectos colaterales en la fase de explotación que pueda tener la apertura de accesos sobre la vegetación, fauna y espacios
protegidos, según la condición 1.i).(10).

BOCM-20240208-25

BOCM