D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20240208-13)
Autorización instalación eléctrica –  Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la instalación de una planta fotovoltaica “Neosol”, con un centro de entrega de energía, cuatro centros de transformación y tres líneas, localizados en el polígono 18, en el término municipal de Villanueva del Pardillo, solicitada por Yildun Investments, S. L. Número expediente: 2022P927-14-0141-00927.4/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE FEBRERO DE 2024

8.

B.O.C.M. Núm. 33

Condiciones relativas a la protección del patrimonio cultural.

8.1. Si durante la ejecución de las obras apareciesen indicios de afección a un yacimiento o algún otro valor histórico, artístico o cultural, se paralizarán las obras y se informará inmediatamente a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de
Madrid para que examine los restos y adopte las medidas oportunas, siendo de aplicación
la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.
9.

Seguimiento y vigilancia ambiental.

— Supervisión de la delimitación física de las obras, incluida la zona de ubicación de
las instalaciones auxiliares.
— Control del mantenimiento y movimiento de la maquinaria, y restricción de su
circulación fuera de las franjas de ocupación, pistas de trabajo y zonas habilitadas
para ello.
— Control continuo de las condiciones de almacenamiento y gestión de los residuos
(peligrosos y no peligrosos) generados tanto en las obras y desmantelamiento
como en el funcionamiento de la actividad, con su oportuna documentación.
— Seguimiento y vigilancia de la protección del sistema hidrológico, con especial atención a la prevención de la contaminación de las aguas subterráneas y superficiales.
— Revisión continua del estado de conservación e impermeabilización del pavimento de las zonas auxiliares para comprobar que no presenta fisuras ni grietas, procediendo a su reparación o reposición en caso de mal estado.
— Seguimiento de la gestión de los lodos y aguas fecales procedentes de los servicios
higiénicos, así como de la arqueta separadora de hidrocarburos del parque de maquinaria.
— Seguimiento ambiental de la calidad de la atmósfera, dando cumplimiento a las
medidas de evitación de la emisión de polvo, partículas y gases.
— Seguimiento de los niveles sonoros durante las obras para comprobar el cumplimiento de los límites de emisión. En caso de que se superen tales niveles, se deberán ejecutar las medidas correctoras adicionales que sean necesarias.
— De acuerdo con lo establecido por el Área de Sanidad Ambiental, en la fase de ejecución de las obras se establecerán y controlarán indicadores de vigilancia (a través de
indicadores de presencia) de proliferación de plagas de artrópodos y roedores para
evitar su dispersión a la población usuaria del camino de Cerro Tablado y sobre todo
a los residentes próximos al punto de conexión de la C/ Aguamarina, 217P de Villanueva del Pardillo. En el caso de que se requiera aplicar medidas de control, éstas
deberán ser llevadas a cabo por empresa inscrita en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB), conforme a la normativa vigente.
— Dado que la actividad se encuentra catalogada como potencialmente contaminante
del suelo, se remitirán periódicamente informes de situación sobre el estado de los
suelos al objeto de controlar la ausencia de contaminación. La periodicidad será
establecida por la Dirección General de Economía Circular de esta Consejería.
— Los centros de transformación serán periódicamente revisados, con el fin de detectar posibles fugas que se pudieran producir una vez puesta en funcionamiento.
Se realizarán pruebas periódicas de la estanqueidad de las bancadas donde se sitúen los transformadores eléctricos.
— Se comprobará anualmente el cumplimiento de los valores de la Recomendación 1999/519/CEE elaborada por el Consejo de Ministros de Sanidad de la
Unión Europea, relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos.
— Control de la aparición de elementos del Patrimonio Histórico-Artístico.
— Supervisión de las labores de retirada y limpieza de materiales de desecho, así
como de la reposición de las infraestructuras afectadas, en su caso.

BOCM-20240208-13

9.1. La vigilancia ambiental se llevará a cabo mediante la comprobación continuada
del cumplimiento de cada una de las medidas de protección y corrección contempladas en
el Documento Ambiental y en el presente Informe de Impacto Ambiental, y haciendo el seguimiento oportuno para determinar su eficacia y detectar posibles impactos no previstos
con objeto de determinar medidas correctoras complementarias. Para ello, al contenido del
plan de vigilancia establecido en la documentación deberán añadirse los siguientes controles y actuaciones: