C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240207-24)
Bases ayudas –  Orden 43/2024, de 22 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a Entidades locales de la Comunidad de Madrid en materia de archivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 32

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE FEBRERO DE 2024

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cluirá en dicho Directorio y en los resultados estadísticos elaborados a partir del mismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 84.3 y 85.3 de la Ley 6/2023,
de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid.
3. Cualquier modificación del proyecto subvencionado deberá solicitarse previamente mediante escrito en el que se motiven suficientemente las razones que causan dicha
alteración, con el fin de obtener la oportuna autorización por parte de la persona titular de
la Dirección General competente en materia de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental. De no dictarse resolución expresa sobre la solicitud de modificación
planteada, esta se entenderá desestimada.
En caso de producirse modificaciones sin la oportuna autorización, y dependiendo de
la importancia de los cambios efectuados, se podrá proceder a la revocación total de la subvención o bien a efectuar la minoración proporcional de la misma en el momento de efectuar la propuesta de pago.
4. El incumplimiento de las obligaciones comunes y de las obligaciones específicas
que se determinan en el artículo siguiente determinará el reintegro de la subvención y, en
su caso, la aplicación del régimen de infracciones y sanciones previstas en la legislación
vigente.
Artículo 13
Obligaciones de carácter específico de los beneficiarios
1.

En el caso de la línea de actuación de adecuación de depósito de archivo:

a) Mantener el depósito de archivo en las condiciones adecuadas para custodiar, proteger y usar debidamente los documentos.
b) El depósito de archivo deberá conservar esta finalidad durante un plazo mínimo de
diez años, salvo causa de fuerza mayor que lo impida o que la Entidad local destine a tal fin otro local que reúna, como mínimo, las mismas condiciones que aquel.
2.

En el caso de la línea de actuación de equipamiento de local de archivo:

a) Mantener los bienes adquiridos en las condiciones adecuadas para su correcto funcionamiento y uso.
b) El equipamiento deberá destinarse al fin concreto para el que se concedió la ayuda
durante un período mínimo de cuatro años.

a) Conservar la copia digital en las condiciones que exige ese tipo de soporte especial.
b) Los trabajos de digitalización deberán realizarse conforme al documento de control, lo que quedará constatado mediante la utilización de una marca de agua con
la signatura que figure en el citado documento, lo que garantizará que la copia digital se corresponde fielmente con los documentos originales. Asimismo, dichos
trabajos se deberán llevar a cabo conforme a las directrices técnicas establecidas
por la Subdirección General que ostente la competencia en la materia de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental.
c) Realizar dos copias en soporte digital (una para la Entidad local y otra para la Comunidad de Madrid). La copia de la Comunidad de Madrid se entregará en el momento de justificación de la subvención y, posteriormente, se depositará de oficio
en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid.
d) En el caso de que la Entidad local no disponga de personal técnico archivero o de
instalaciones adecuadas, se deberá entregar a la Comunidad de Madrid el documento original restaurado para su depósito en el Archivo Regional. Los servicios
técnicos de la Subdirección General que ostente la competencia en la materia de
Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental podrán realizar las
visitas oportunas a la Entidad local con la finalidad de determinar la idoneidad del
depósito de archivo.
El depósito del documento original restaurado tendrá vigencia hasta el momento
en que desaparezcan las causas que lo motivaron. A tal efecto, la Entidad local deberá acreditar fehacientemente que dispone de personal técnico archivero como

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3. En el caso de la línea de actuación de organización y tratamiento archivístico
integral de fondos documentales desorganizados, deberán mantener el instrumento de
descripción en soporte informático y en las condiciones adecuadas para su consulta y uso.
4. En el caso de la línea de actuación de restauración de documentos: