C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240207-24)
Bases ayudas –  Orden 43/2024, de 22 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a Entidades locales de la Comunidad de Madrid en materia de archivos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 32

En el caso de haber recibido ayudas distintas a las que son objeto de estas bases
reguladoras, se hará constar expresamente que la suma de todas ellas no supera el
coste de la actividad.
b) Facturas o cualesquiera otros documentos de valor probatorio equivalente en el
tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.
Se justificará el coste total de la actividad, que comprenderá el importe de la subvención concedida más la aportación de fondos propios exigida en la convocatoria.
La fecha de emisión de los documentos justificativos del gasto no podrá ser posterior a la del período subvencionable.
No será necesario acreditar que dichos gastos han sido efectivamente pagados.
Todos los gastos referidos anteriormente irán relacionados y sumados en hoja
aparte.
c) Cuando el documento justificativo de gasto supere las cuantías establecidas para
el contrato menor en la legislación vigente reguladora de Contratos del Sector Público, se aportarán las tres ofertas de diferentes proveedores a que se refiere el artículo 9.3, o bien documentación del procedimiento de contratación en la que quede de manifiesto que se ha escogido la oferta económicamente más ventajosa.
Todo ello con las condiciones y salvedades establecidas en dicho artículo.
5. La documentación justificativa adicional específica para cada línea de ayuda que
deberán aportar los beneficiarios será la siguiente:
a) Adecuación del depósito de archivo: memoria explicativa de las actuaciones realizadas, firmada por la persona física o jurídica responsable de las mismas con el
visto bueno de la persona titular o responsable del archivo municipal.
b) Equipamiento de local de archivo: memoria explicativa de las actuaciones realizadas, firmada por la persona física o jurídica responsable de las mismas con el visto bueno de la persona titular o responsable del archivo municipal.
c) Organización y tratamiento archivístico integral de fondos documentales desorganizados:
1.o Una copia del instrumento de descripción, elaborado de acuerdo a las directrices técnicas establecidas por el personal técnico de la Subdirección General
competente en materia de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio
Documental, que se depositará de oficio en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid.
2.o Una memoria de calidad o informe técnico de los trabajos realizados, firmada
por la persona física o jurídica responsable de los mismos con el visto bueno
de la persona titular o responsable del archivo municipal, que habrá de incluir
fotografías del estado de los fondos antes del inicio del proyecto y una vez finalizados los trabajos.
d) Restauración de documentos:
1.o Una copia digital de alta calidad de los documentos restaurados, que se elaborará de acuerdo a las directrices técnicas establecidas por el personal técnico
de la Subdirección General competente en materia de Archivos, Gestión de
Documentos y Patrimonio Documental.
2.o Una tabla de equivalencias que contendrá la correspondencia entre la signatura topográfica y su imagen digital. En el caso de aquellas Entidades locales
que cuenten con personal técnico archivero, se incluirá, asimismo, el código
del correspondiente cuadro de clasificación de fondos de archivo de Entidades locales.
3.o Una memoria de calidad o informe técnico de los trabajos realizados, firmada
por la persona física o jurídica responsable de los mismos con el visto bueno
de la persona titular o responsable del archivo municipal.
e) Digitalización y/o microfilmación de fondos documentales históricos:
1.o Una copia de los trabajos en soporte digital y otra copia en soporte microfilm,
si se ha realizado la actuación completa. En el caso de que se haya realizado
únicamente la microfilmación o la digitalización, se entregará la copia que corresponda al trabajo realizado. En todo caso, los trabajos se elaborarán de
acuerdo a las directrices técnicas establecidas por el personal técnico de la
Subdirección General competente en materia de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental.

BOCM-20240207-24

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