C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240203-3)
Convenio colectivo –  Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Stellantis España, S. L. (NSC-CNAE 4511) (antes PSAG Automóviles Comercial España, S. A.) (Código número 28102232012018)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 29

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE FEBRERO DE 2024

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Artículo 35.- Fondos sociales*
Se establecen los siguientes fondos sociales con las cuantías que se indican a continuación:
1.

Fondo de ayuda de estudios: 6.379 euros.

2.

Fondo de ayuda infantil: 31.892 euros.

3.

Fondo de ayudas sociales: 3.720 euros.

4.

Fondo de préstamos: 287.020 euros.

* Valores 2023. Pendiente aplicar actualización salarial (art 26 CC).
Estos importes se verán incrementados anualmente en el porcentaje previsto para los valores y
conceptos económicos para los que no se establezca una previsión específica, según se recoge en
el artículo 26.
La Comisión de Asuntos Sociales se ocupará de la administración y distribución de estos fondos,
efectuando la correspondiente convocatoria anual o, en su caso, las que sean necesarias. La
Comisión de Asuntos Sociales podrá también destinar los remanentes disponibles cada año en unos
fondos sociales a cubrir las necesidades existentes en otros.
Artículo 36.- Ayudas por hijos/as con discapacidad
A aquellos/as trabajadores/as cuyos/as hijos/as tengan reconocida oficialmente una discapacidad
igual o superior al treinta y tres por ciento, se les abonará 137,92* euros mensuales por hijo/a,
mientras se mantenga el reconocimiento oficial de la condición de discapacidad.
Se equipará a efectos de abono de esta ayuda la situación de tutoría legal de un familiar reconocida
judicialmente.
Este importe se verá incrementado anualmente en el porcentaje previsto para los valores y
conceptos económicos para los que no se establezca una previsión específica, según se recoge en
el artículo 26.
*Valor 2023. Pendiente aplicar actualización salarial (art 26 CC).
Artículo 37.- Adquisición de vehículos
Los/as trabajadores/as y sus familiares directos tendrán derecho a la compra de vehículos nuevos y
usados de las marcas de PSA Groupe en régimen especial con un descuento sobre el precio de
venta al público de acuerdo con los criterios que a tal efecto se establezca en cada marca.
En todo caso, se imputará al/a trabajador/a el beneficio obtenido en la compra de vehículos que la
legislación fiscal considere retribución en especie en cada momento, tanto si el comprador es el/la
propio/a trabajador/a como si lo es un familiar.
Artículo 38.- Percepciones de nupcialidad y natalidad *
A todo el personal de la plantilla de la Empresa se le concederán las siguientes percepciones durante
la vigencia del Convenio, en los casos que se citan, previa justificación y siempre que lo solicite en
el plazo máximo de un año desde la fecha del hecho.
a)

A cada trabajador/a de la Empresa que contraiga matrimonio: 63,73 euros.

b)

Por nacimiento, adopción de cada hijo/a o acogida permanente de niño/a: 128,24 euros.

Para los años 2024, 2025, 2026 y 2027 estos importes se actualizarán en el porcentaje previsto para
los valores y conceptos económicos para los que no se establezca una previsión específica, según
se recoge en el artículo 26.
* Valores 2023. Pendiente aplicar actualización salarial (art 26 CC).

La Comisión de Asuntos Sociales estará integrada por tres representantes de la Empresa y tres de
los representantes legales de los/as trabajadores/as, y se ocupará de la gestión de todas aquellas
cuestiones de índole social que le sean atribuidas en el presente Convenio Colectivo o por acuerdo
entre las partes.

BOCM-20240203-3

Artículo 39.- Comisión de Asuntos Sociales