D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240131-27)
Convenio –  Convenio de 21 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Erretres Diseño y Comunicación 2003, S. L., para la realización de prácticas extracurriculares remuneradas de los alumnos de la Escuela Superior de Diseño
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 26

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE ENERO DE 2024

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adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, el representante
de Erretres Diseño y Comunicación 2003, S. L. entregará a cada becario una certificación en la que se hará constar que el programa de formación reúne los requisitos exigidos en el citado Real Decreto, así como su duración.
i) Dotar al estudiante de todos los medios necesarios para la realización de las prácticas de forma no presencial.
j) Suministrar al alumno en régimen de préstamo hasta la finalización de las prácticas el equipo y/o material informático necesario para la correcta realización de las
prácticas de forma no presencial. Cuando por su volumen o por circunstancias personales del alumno debidamente justificadas fuera necesario, el traslado e instalación de dicho material, así como su posterior retirada una vez finalizadas las prácticas será por cuenta de Erretres Diseño y Comunicación 2003, S. L.
k) Cuando por cualquier circunstancia personal del alumno debidamente justificada
fuera necesario, Erretres Diseño y Comunicación 2003, S. L. suministrará en régimen de préstamo hasta la finalización de las prácticas un escritorio, una silla ergonómica o cualquier otro equipamiento necesario para la correcta realización de
las prácticas. El traslado e instalación de dicho material, así como su posterior retirada una vez finalizadas las practicas, será por cuenta de Erretres Diseño y Comunicación 2003, S. L.
l) El equipo y/o material informático suministrado en régimen de préstamos hasta la
finalización de las prácticas incluirá todos los programas, licencias y plataformas
necesarias para que el alumno pueda desempeñar correctamente su función.
m) Erretres Diseño y Comunicación 2003, S. L. deberá dar el necesario soporte material e informático al alumno en prácticas para la correcta realización de las mismas, así mismo deberá proporcionarle un correo electrónico corporativo y darle
acceso a alguna aplicación, foro o mensajería instantánea para solucionar las dudas o cuestiones pertinentes.
Quinta
Compromisos de los alumnos en prácticas

Sexta
Régimen de los alumnos en prácticas
a) Los estudiantes realizarán las prácticas de forma que sea compatible con su asistencia a las clases de la Escuela Superior de Diseño, en horario continuo de mañana o tarde en régimen de prácticas externas y de forma semipresencial en régimen
de teletrabajo.

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a) Realizar las prácticas acorde con las instrucciones recibidas por el responsable de
prácticas de Erretres Diseño y Comunicación 2003, S. L.
b) Cuando el alumno en prácticas deba realizar su función de forma presencial, deberá ir provisto de su DNI, NIE o pasaporte y disponer durante su estancia en las instalaciones en que se desarrollen las prácticas del documento que le identifica
como alumno de la Escuela Superior de Diseño. Asimismo, ha de respetar las normas de régimen interior, de higiene y seguridad aplicables en las instalaciones y
seguir las indicaciones a tal efecto del tutor de prácticas de Erretres Diseño y Comunicación 2003, S. L.
c) En caso de ausencia o retraso para la realización de las prácticas tanto de forma presencial como no presencial, el alumno estará obligado a comunicarlo al tutor del
centro de prácticas en el mismo momento en que se prevea la ausencia o el retraso.
d) Dar un uso exclusivamente profesional al material y equipamiento recibido en régimen de préstamo para la realización de las prácticas de forma no presencial.
e) Comunicar al responsable de prácticas de Erretres Diseño y Comunicación 2003,
S. L. y en su caso a la Escuela Superior de Diseño cualquier fallo o mal funcionamiento del material y/o equipamiento recibido para la realización de las prácticas
de forma no presencial.
f) Una vez finalizadas las prácticas, devolver en perfecto estado el material recibido
para la realización de las prácticas de forma no presencial.
g) Para la realización de las prácticas de forma no presencial, el alumno deberá disponer de un lugar y un puesto de trabajo adecuado, así como de conexión eléctrica y conexión a internet para la conexión de los equipos que lo requieran.