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Convenio –  Convenio de 21 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Erretres Diseño y Comunicación 2003, S. L., para la realización de prácticas extracurriculares remuneradas de los alumnos de la Escuela Superior de Diseño
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 26

seño y Comunicación 2003, S. L. en la calle Marqués de Urquijo, 34, esc. ext., 3.o izq.,
28008 Madrid y la parte de las practicas realizadas de forma no presencial el alumno las
realizará en un lugar adecuado para ello.
La distribución de días en los que el alumno realizará las prácticas de forma presencial
y de forma no presencial se recogerán en el Anexo 1. Cuando por necesidades de Erretres
Diseño y Comunicación 2003, S. L. o cuando sea necesario para dar servicio a un cliente,
el responsable de prácticas requerirá al alumno para que acuda de forma presencial, siempre dentro del horario establecido para las prácticas de forma presencial.
El alumno, en el tiempo asignado a la modalidad semipresencial y por voluntad propia podrá acudir de forma presencial a realizar las prácticas en las dependencias de Erretres
Diseño y Comunicación 2003, S. L. en la calle Marqués de Urquijo, 34, esc. ext., 3.o izq.,
28008 Madrid, siempre dentro del horario establecido para las prácticas de forma presencial.
Tercera
Compromisos de la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), a través de la Escuela Superior de Diseño.
a) Velar por el normal desarrollo de las actividades y funciones de las prácticas, garantizando la compatibilidad del horario de las mismas con las obligaciones académicas, formativas y de representación y participación del estudiante.
b) Informar a los estudiantes de sus derechos y obligaciones en la realización de las
prácticas.
c) Emitir, una vez finalizadas las prácticas y a solicitud del estudiante, un documento
acreditativo de las prácticas realizadas según se recoge en la cláusula octava del
presente convenio.
Cuarta
a) Cumplir con las condiciones, actividades y funciones que se describen en el
anexo 1 del presente convenio, aportando los medios materiales y humanos necesarios para ello.
b) Velar por el cumplimiento de los derechos y obligaciones de los estudiantes durante la realización de las prácticas.
c) Conceder becas de carácter económico y periodicidad mensual, destinadas a la
realización de prácticas de los alumnos seleccionados por Erretres Diseño y Comunicación 2003, S. L. previo informe favorable de la Escuela Superior de Diseño. Las becas serán individualizadas para cada alumno seleccionado y las condiciones se recogen en el Anexo 1.
d) Retener e ingresar en la Agencia Tributaria los tributos e impuestos correspondientes dispuestos en la normativa vigente.
e) Nombrar un responsable de prácticas para el adecuado seguimiento y valoración
de las actividades realizadas por los becarios. El responsable de prácticas remitirá a la Escuela Superior de Diseño, al finalizar las prácticas extracurriculares remuneradas y de forma individualizada para cada becario, el certificado sobre el
rendimiento de las prácticas que se recoge como Anexo 2 o Anexo 3 del presente
convenio, dependiendo de si las prácticas son para la obtención del Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño, especialidad Diseño Gráfico o
para la obtención del Título de Máster en Enseñanzas Artísticas en Diseño Interactivo, regulado por la Orden ECD/879/2016, de 7 de abril, por la que se homologa el plan de estudios del título de Máster en Enseñanzas Artísticas en Diseño
Interactivo de la Escuela Superior de Diseño de Madrid.
f) Informar al becario sobre las condiciones de seguridad e higiene vigentes y sobre
las medidas de prevención a adoptar en las instalaciones donde se vayan a desarrollar las prácticas extracurriculares.
g) Facilitar al becario la asistencia a los exámenes, pruebas de evaluación y otras actividades académicas obligatorias.
h) Al finalizar las prácticas extracurriculares y conforme al artículo 1.2 del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas
que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización,

BOCM-20240131-27

Compromisos de Erretres Diseño y Comunicación 2003, S. L.