D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240126-39)
Convenio –  Convenio de 27 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Fundación de la Escuela de Cinematografía y del Audiovisual de la Comunidad de Madrid, por el que se concede una subvención directa, por razones excepcionales de interés público y social, para la realización de actividades educativas y de formación en materia cinematográfica y audiovisual durante 2023, por importe de 133.663,00 euros
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 22

VIERNES 26 DE ENERO DE 2024

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cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en
materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente protocolo.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad
que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el
encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.
Octava
Deber de información
Las partes manifiestan que los datos por ellas aportados en el presente convenio, en su
caso, serán incluidos en una base de datos con la finalidad de gestionar la relación contractual entre las partes. Asimismo, cada parte garantiza cumplir con el deber de información
respecto de los empleados cuyos datos sean comunicados igualmente entre las partes con
este fin. La base jurídica que legitima este tratamiento es la gestión del presente convenio
de colaboración.
Los datos serán conservados durante la vigencia de este convenio y, posteriormente,
durante diez (10) años, con la finalidad de atender a las posibles responsabilidades derivadas de la relación contractual.
En todo caso, los interesados o afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación, portabilidad ante la Comunidad de Madrid por
el Registro electrónico de la Comunidad de Madrid o en el Registro Presencial o en los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, preferentemente mediante
el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales” y ante la Fundación a través de comunicación por escrito al domicilio social que
consta al comienzo del presente convenio, aportando fotocopia de su DNI o documento
equivalente e identificando el derecho que se solicita. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrán interponer una reclamación
ante la Agencia Española de Protección de Datos ( www.aepd.es ).
Novena
Régimen jurídico
1. El presente convenio, cuyo objeto es la concesión directa de una subvención con
base en el artículo 4.5.c).3.a de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, queda sujeto a dicha Ley de Subvenciones, a los preceptos que tengan el
carácter de legislación básica estatal contenidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y a las normas imperativas de derecho público que regulan los
convenios administrativos y demás que resulten aplicables, a las que se entiende absolutamente sometido.
2. Asimismo el presente convenio queda sujeto a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y, específicamente, al artículo 49 de la mencionada Ley.
Décima
La modificación del presente convenio se llevará a cabo, en su caso, a instancias de la
Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) dentro del marco establecido por la vigente normativa en materia de subvenciones.
Undécima
Reintegro de la subvención
1. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 37 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, procederá el reintegro de las cantidades per-

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Régimen de modificación