Madrid (BOCM-20240125-68)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan general
88 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 360

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 21

5. En la creación de nuevas zonas verdes se llevarán a cabo las recomendaciones citadas en el
apartado 6 del ESTUDIO DE LA VEGETACION AFECTADA que forma parte de la
documentación integrante de la propuesta de la modificación puntual (Anexo 10 del DAE).
10. Cambio climático y protección frente a la contaminación atmosférica.
Según el artículo 21 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición
energética, la planificación y gestión urbanística, así como las intervenciones en suelo urbano
tendrán entre sus objetivos principales la integración de las medidas necesarias para propiciar
la adaptación progresiva y resiliencia frente al cambio climático. En este sentido, el futuro
desarrollo del plan deberá considerar en la fase de proyecto actuaciones de mitigación sobre el
cambio climático, en particular, para compensar la emisión de gases de efecto invernadero
originada por el desarrollo urbanístico del ámbito.
11. Medidas de protección ambiental
En el documento urbanístico se instrumentará un capítulo específico relativo a “Medidas
Generales de Protección del Medio Ambiente” donde se asegurará el cumplimiento de las
medidas de carácter general y específicas propuestas en el Documento Ambiental Estratégico
(DAE) y las consideraciones recogidas en estas Normas.
12. Vigilancia ambiental
Según el artículo 51 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el órgano
sustantivo deberá realizar un seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación
o ejecución del plan.
A estos efectos, el promotor remitirá al órgano sustantivo, en los términos establecidos en el
informe ambiental estratégico, un informe de seguimiento sobre el cumplimiento de dicho
informe.
D.- ÁREA DE GOBIERNO DE OBRAS Y EQUIPAMIENTOS. AYUNTAMIENTO DE MADRID.
DIRECCIÓN GENERAL DE CONSERVACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS.
1. El ámbito afecta en su extremo norte a la galería de servicios municipal de la calle Reina
Victoria. Dado que las galerías de servicios por su condición estratégica son un entorno vigilado
y controlado por la Policía Nacional y por la Guardia Civil, la unidad encargada de la redacción
del Proyecto tendrá que ponerse en contacto con el Departamento de Instalaciones Especiales
para solicitar una visita y reconocer el entorno o, si lo estima procedente, en función del alcance
y profundidad de las actuaciones previstas, realizar un levantamiento topográfico en la citada
visita con el fin de determinar el alcance de las afecciones.
2. Los planos de información y ordenación que afectan a la urbanización se consideran
indicativos, no siendo vinculantes en el diseño final que establezca en el proyecto de
urbanización, el cual no podrá, en todo caso, modificar las calificaciones previstas en el
planeamiento.

1. En la fase de diseño de la Urbanización se deberá estudiar pormenorizadamente la
ordenación de sentidos circulatorios, de forma que se optimice la conectividad de los nuevos
usos con el exterior y la correcta distribución de tráficos, evitando que el tráfico generado y

BOCM-20240125-68

E.- ÁREA DE GOBIERNO DE MEDIO AMBIENTE Y MOVILIDAD. AYUNTAMIENTO DE
MADRID.
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN E INFRAESTRUCTURAS DE MOVILIDAD