Pedrezuela (BOCM-20240125-83)
Organización y funcionamiento. Reglamento Orgánico Municipal
42 páginas totales
Página
Pág. 444

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 21

Las preguntas planteadas oralmente en el transcurso de una sesión, serán generalmente contestadas por su destinatario en la sesión siguiente, sin perjuicio de que
el preguntado quiera darle respuesta inmediata.
Las preguntas formuladas por escrito diez días (naturales) antes de la celebración
de la sesión serán contestadas obligatoriamente en la sesión. En otro caso, se contestará en la siguiente sesión.
h) Declaración institucional es la propuesta, proposición o moción de asuntos que no
sean competencia del Pleno, presentada por un concejal, un Grupo Político o todos los grupos de la Corporación.
i) Comparecencia es la dación de información por parte de algún miembro del equipo de gobierno (que ostente delegaciones a nivel de Área), de forma voluntaria o
a petición de concejales de otro Grupo.
12. El presidente, oído el secretario general, y en su caso los portavoces de los grupos municipales, podrá modificar la calificación dada a una iniciativa por su autor, atendiendo a su contenido.
Art. 31. De los asuntos a tratar del Orden del Día.—1. La documentación íntegra de
los asuntos incluidos en el Orden del Día deberá figurar a disposición de los concejales desde
el día de la convocatoria a través de la plataforma electrónica de gestión de expedientes del
Ayuntamiento (actualmente GESTIONA), sin perjuicio de su remisión extractada por correo
electrónico acompañando a la convocatoria, como se señala en el artículo 30 de este RO.
2. En el Orden del Día solo pueden incluirse los asuntos que hayan sido previamente dictaminados, informados o sometidos a consulta de la Comisión Informativa que corresponda.
3. El alcalde, por razones de urgencia debidamente motivada, podrá incluir en el Orden del Día, a iniciativa propia o a propuesta de alguno de los Portavoces, asuntos que no
hayan sido previamente informados por la respectiva Comisión Informativa (mociones),
pero en este supuesto no podrá adoptarse Acuerdo alguno sobre estos asuntos sin que el Pleno ratifique su inclusión en el orden del día.
4. En el Orden del Día de las sesiones ordinarias se incluirá siempre el punto de ruegos y preguntas.
5. El Departamento de Secretaría será el encargado de preparar el expediente de la
sesión de Pleno y de poner a disposición de todos los concejales la documentación necesaria para que puedan realizar su labor como ediles.
Art. 32. De las propuestas y proposiciones.—1. Las propuestas podrán presentarse ante la Secretaría General del Ayuntamiento (a través del Registro Electrónico de Entrada, o mediante traslado directo del expediente por la Alcaldía o concejalía delegada del
Área correspondiente) al menos con tres días hábiles de antelación a la convocatoria de la
Comisión Informativa, para su inclusión en el Orden del Día.
2. Las proposiciones habrán de presentarse mediante escrito del Portavoz del Grupo dirigido al presidente, a través del Registro Electrónico de Entrada, con antelación de cinco días
hábiles a la convocatoria de la Comisión, con el fin de que pueda ser informada (en su caso) por
los técnicos municipales, dictaminada e introducida en el Orden del Día del Pleno a celebrar.
3. De conformidad con el artículo 41.9 el debate de las propuestas y las proposiciones se iniciará con una intervención del Portavoz del Grupo Municipal autor de la iniciativa, por un tiempo máximo de cuatro minutos, a la que seguirá un turno de intervenciones
por parte de los Portavoces de los demás Grupos, de conformidad con lo establecido en los
artículos 41.9-ss de este RO.
En los casos en los que hubiera unanimidad en el dictamen de la Comisión, no habrá
lugar a debate del asunto en el Pleno, votándose directamente.
4. No se admitirá como propuestas o proposiciones aquellos escritos:
a) Que no tengan características de propuesta o proposición.
b) Que pretendan someter a dictamen asuntos o acciones que no sean competencias
del Pleno.
c) Que comporten actuaciones fuera de la legalidad vigente.
d) Que hiciesen alusiones que impliquen juicios de valor o inexactitudes que afecten
al decoro, conducta, o dignidad de las personas.
5. No existe un formato concreto que deban tener las propuestas y proposiciones que
se sometan a consideración de la Comisión Informativa, pero con carácter general deberán
contar al menos con (1) una Memoria justificativa y (2) texto exacto del Acuerdo que se
pretende debatir y aprobar. Cada una de las propuestas o proposiciones así presentadas dará
lugar a la apertura de un expediente en la plataforma electrónica de gestión de expedientes
del Ayuntamiento.

BOCM-20240125-83

BOCM