C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240125-16)
Bases ayudas –  Orden de 28 de diciembre de 2023, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo en el marco del Plan Estratégico Nacional de la Política Agraria Comunitaria (PEPAC) 2023-2027, cofinanciables por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado y se realiza la convocatoria para 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 21

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE ENERO DE 2024

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Las presentes bases reguladoras responden a los principios de buena regulación de
conformidad con lo previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Concretamente, se
actúa conforme a los principios de necesidad y eficacia, en tanto que la aprobación de estas bases reguladoras es el sistema más adecuado para fomentar la aplicación de LEADER
en la Comunidad de Madrid a través de los Grupos de Acción Local (GAL) que contribuirán con sus EDLP a animar a las comunidades locales a desarrollar enfoques ascendentes e
integrados; así como a generar capacidad en la comunidad y estimular la innovación.
Se actúa con proporcionalidad ya que el contenido de las bases reguladoras se limita
al contenido necesario exigido por la normativa aplicable en materia de subvenciones.
Se ha cumplido, igualmente, con el principio de seguridad jurídica dado que esta orden es
coherente con la reglamentación comunitaria y con la legislación nacional y autonómica aplicable en la materia y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Por lo que respecta al principio de transparencia queda plenamente garantizado debido a que la elaboración de estas bases reguladoras tal y como se ha señalado, pretenden la
aplicación de la medida incluida en el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de
Madrid 2014-2020 (PDR) dentro de su submedida 19.1 “Ayuda preparatoria”, y el programa y sus modificaciones posteriores fueron sometidos a consulta con el objeto de recibir
observaciones que se encuadraban dentro del proceso de su aprobación tal y como se refiere detenidamente en el apartado relativo a la tramitación de la norma. Por lo que los interesados igualmente pudieron participar en la definición del contenido del PDR.
Por otro lado, estas ayudas se han incorporado en el Plan Estratégico de Subvenciones
a través de la Orden de 30 de octubre de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local por la que se modifica la Orden 54/2022, de 9 de marzo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la extinta Consejería de Administración Local y
Digitalización para los años 2022-2023. (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID n.o 270 de fecha 13 de noviembre de 2023).
Se garantiza la aplicación del principio de eficiencia ya que hace un uso razonable de
los recursos públicos por tratarse de ayudas financiadas por el FEADER y no se han establecido cargas administrativas innecesarias o accesorias.
Por todo ello, cumplidos los preceptivos trámites reglamentarios, vistas las disposiciones citadas y demás de general y pertinente aplicación y de acuerdo con lo establecido en
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, por el que se aprueba su Reglamento de aplicación, y la Ley 2/1995, de 8 de marzo de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto
por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas por parte de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 222/1998, de 23
de diciembre de desarrollo parcial de la citada Ley 2/1995,
DISPONGO
Capítulo I
Bases reguladoras
SECCIÓN 1.a

Disposiciones generales
Artículo 1
1. Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas para la
elaboración de las estrategias de desarrollo local participativo (EDLP) y aprobar la convocatoria para 2024 de esta ayuda para las entidades que tengan interés en ser candidatas para
ser seleccionadas como GAL en la Comunidad de Madrid en el período 2023-2027.
2. En el capítulo I se establecen las bases reguladoras de estas ayudas y en el capítulo II se establece la convocatoria para la anualidad 2024.

BOCM-20240125-16

Objeto de la Orden