Valdemaqueda (BOCM-20240124-93)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
4 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE ENERO DE 2024
Pág. 357
2. Matrimonio civil ante Juez de Paz:
2.1. Utilización de las dependencias municipales: 50,00 euros.
3. Tramitación licencias urbanísticas de parcelación (por parcela resultante): 49,00
euros.
4. Tramitación proyectos de área de reparto y de unidades de ejecución: 490,00
euros.
5. Tramitación, revisión o aprobación de bases y estatutos de juntas o entidades
urbanísticas: 205,00 euros.
6. Tramitación de licencias o declaraciones responsables urbanísticas: 0,35 %
de la base imponible del ICIO.
7. Tramitación de declaraciones responsables de actividades: 48,00 euros.
8. Tramitación de licencias de actividades: 220,00 euros.
9. Tramitación de cambio de titularidad de declaraciones responsables de actividades: 48,00 euros.
10. Tramitación de cambio de titularidad de licencia de actividades: 180,00 euros.
11. Tasa por expedición de derechos de examen: 26,00 euros.
12. Tasa por enlace al sistema de alcantarillado público: 183,00 euros.
13. Tasa por tramitación de solicitud de fraccionamiento:
13.1. Por plazo de fraccionamiento: 3,00 euros.
14. Tasa por expedición de restantes autorizaciones: 8,00 euros.
15. Vertido en el punto limpio de escombros y vegetación, m3: 25,00 euros”.
2. Texto íntegro de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de precios
públicos por la prestación de servicios y actividades en las instalaciones
municipales de Valdemaqueda y otras enseñanzas especiales
Se modifican los apartados 1.1.1 y 1.2 del artículo 3.2, con la siguiente redacción:
“Artículo 3. Cuantía.
(…)
3.2. Los precios públicos que se establecen son:
1. Actividades deportivas:
1.1. Gimnasia mayores (mensualidad).
1.1.1. Precio jubilados y/o mayores de 65 años y cónyuge o pareja de hecho: 6,00 euros.
(…)
1.2. Gimnasio municipal (mensualidad):
1.2.1. Precio general: 15,00 euros.
1.2.2. Precio jubilados y/o mayores de 65 años y cónyuge o pareja de hecho: 7,50 euros.
1.2.3. Menores de 15 años: 7,50 euros.
1.2.4. Precio parados de larga duración sin ingresos: 10,00 euros.
1.2.5. Precio no empadronados: 17,00 euros”.
Se incorpora un apartado 2 en el artículo 5 y se modifica el apartado 3 del mismo artículo, con la siguiente redacción:
“Artículo 5. Cuota.
(…)
2. La cuota de este impuesto será bonificada con el 100 por 100, para los vehículos
declarados históricos por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o que tengan
una antigüedad mínima de 25 años contados a partir de la fecha de su fabricación o, si esta
BOCM-20240124-93
3. Texto íntegro de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto
sobre vehículos de tracción mecánica
B.O.C.M. Núm. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE ENERO DE 2024
Pág. 357
2. Matrimonio civil ante Juez de Paz:
2.1. Utilización de las dependencias municipales: 50,00 euros.
3. Tramitación licencias urbanísticas de parcelación (por parcela resultante): 49,00
euros.
4. Tramitación proyectos de área de reparto y de unidades de ejecución: 490,00
euros.
5. Tramitación, revisión o aprobación de bases y estatutos de juntas o entidades
urbanísticas: 205,00 euros.
6. Tramitación de licencias o declaraciones responsables urbanísticas: 0,35 %
de la base imponible del ICIO.
7. Tramitación de declaraciones responsables de actividades: 48,00 euros.
8. Tramitación de licencias de actividades: 220,00 euros.
9. Tramitación de cambio de titularidad de declaraciones responsables de actividades: 48,00 euros.
10. Tramitación de cambio de titularidad de licencia de actividades: 180,00 euros.
11. Tasa por expedición de derechos de examen: 26,00 euros.
12. Tasa por enlace al sistema de alcantarillado público: 183,00 euros.
13. Tasa por tramitación de solicitud de fraccionamiento:
13.1. Por plazo de fraccionamiento: 3,00 euros.
14. Tasa por expedición de restantes autorizaciones: 8,00 euros.
15. Vertido en el punto limpio de escombros y vegetación, m3: 25,00 euros”.
2. Texto íntegro de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de precios
públicos por la prestación de servicios y actividades en las instalaciones
municipales de Valdemaqueda y otras enseñanzas especiales
Se modifican los apartados 1.1.1 y 1.2 del artículo 3.2, con la siguiente redacción:
“Artículo 3. Cuantía.
(…)
3.2. Los precios públicos que se establecen son:
1. Actividades deportivas:
1.1. Gimnasia mayores (mensualidad).
1.1.1. Precio jubilados y/o mayores de 65 años y cónyuge o pareja de hecho: 6,00 euros.
(…)
1.2. Gimnasio municipal (mensualidad):
1.2.1. Precio general: 15,00 euros.
1.2.2. Precio jubilados y/o mayores de 65 años y cónyuge o pareja de hecho: 7,50 euros.
1.2.3. Menores de 15 años: 7,50 euros.
1.2.4. Precio parados de larga duración sin ingresos: 10,00 euros.
1.2.5. Precio no empadronados: 17,00 euros”.
Se incorpora un apartado 2 en el artículo 5 y se modifica el apartado 3 del mismo artículo, con la siguiente redacción:
“Artículo 5. Cuota.
(…)
2. La cuota de este impuesto será bonificada con el 100 por 100, para los vehículos
declarados históricos por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o que tengan
una antigüedad mínima de 25 años contados a partir de la fecha de su fabricación o, si esta
BOCM-20240124-93
3. Texto íntegro de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto
sobre vehículos de tracción mecánica