Valdemaqueda (BOCM-20240124-93)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 20

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
93

VALDEMAQUEDA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional adoptado en
sesión del día 28 de septiembre de 2023, aprobatorio de la modificación de las cinco ordenanzas fiscales que se señalan a continuación, cuyos textos íntegros se hacen públicos, para
su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos y prestación
de servicios administrativos.
— Ordenanza fiscal reguladora de precios públicos por la prestación de servicios y
actividades en las instalaciones municipales de Valdemaqueda y otras enseñanzas
especiales.
— Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
— Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.
— Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.

Se modifica el artículo 7, quedando del siguiente tenor:
“Artículo 7. Tarifa.—La tasa a que se refiere esta ordenanza se regirá por las siguientes tarifas:
A) Expedición de documentos:
1. Certificaciones de acuerdos municipales hasta 4 años, por cada folio: 4,15 euros.
2. Certificaciones de resoluciones y acuerdos de entre 5 hasta 24 años: 24,90 euros.
3. Certificaciones de acuerdos de antigüedad superior a 25 años: 37,35 euros.
4. Certificaciones de emplazamientos de fincas y valor del metro cuadrado: 44,35
euros.
5. Certificaciones en materia urbanística: 12,45 euros.
6. Certificaciones en materia económica: 12,45 euros.
7. Bastanteo de poderes ante el Ayuntamiento: 24,90 euros.
8. Copias de documentos (por cara de folio): 0,10 euros.
9. Envío de fax (por cara de folio): 0,40 euros.
10. Avances de liquidación del Impuesto de Plusvalía: 12,00 euros.
11. Avances de liquidación de otras exacciones: 6,00 euros.
12. Acreditaciones catastrales emitidas por el Punto de Información Catastral:
12.1. Certificación descriptiva y gráfica: 16,00 euros.
12.2. Certificación descriptiva: 8,00 euros.
12.3. Certificación referencia catastral: 6,00 euros.
13. Compulsa de documentos (por cara de folio): 0,50 euros.
B) Servicios Municipales:
1. Matrimonio civil ante alcalde o concejal delegado:
1.1. En días laborables en dependencias municipales: 60,00 euros.
1.2. Sábados, domingos y festivos en dependencias municipales: 90,00
euros.
1.3. Celebraciones fuera de las dependencias municipales cualquier día: 199,00
euros.

BOCM-20240124-93

1. Texto íntegro de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa
por expedición de documentos y prestación de servicios administrativos