Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20240111-22)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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B.O.C.M. Núm. 9

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE ENERO DE 2024

justifica la conformidad de la infraestructura propuesta con el planeamiento vigente y las
afecciones previsibles. Se ha recibido contestación por parte del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, que reitera su oposición por el paso de la línea LAAT 132 kV por zona protegida de alto valor ecológico catalogado P1, así como la limitación de altura de la línea, por
zonas afectadas por el VOR, que impone restricciones en el espacio aéreo del Aeropuerto
de Barajas. También expone los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas
en relación con las infraestructuras eléctricas. Se ha dado traslado al promotor, que contesta prestando conformidad al informe emitido por el Ayuntamiento de Colmenar Viejo, indicando que se encuentra en fase de tramitación el Plan Especial de Infraestructuras para la
implantación de Planta Fotovoltaica GR Bisbita, Subestación Eléctrica Colimbo, SET Colectora Tres La Cereal y Líneas de Evacuación Asociadas y que se cumplirá con lo establecido en la aprobación del mismo.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Tres Cantos donde muestran su oposición
y ponen de manifiesto que la implantación de las infraestructuras proyectadas genera una
congestión del suelo municipal por afecciones al patrimonio natural y cultural, al crecimiento urbanístico y a intereses de particulares. Se ha dado traslado al promotor, que justifica la
conformidad de la infraestructura propuesta con el planeamiento vigente y las afecciones
previsibles. Se ha recibido contestación por parte del organismo, que reitera su oposición al
encaje urbanístico del proyecto y por ocuparse bienes de su titularidad.
Se han recibido alegaciones de Solarpack Promo2007 Ochenta y Dos, S. L., Energía
Amanecer, S. L. U., donde ponen de manifiesto que proyectan una planta fotovoltaica ubicada en Madrid que resulta afectada por el proyecto que comprende este expediente. El proyecto que promueve Solarpack Promo2007 Ochenta y Dos, y cuyo código de tramitación
ante la Administración General del Estado (AGE) es el SGEE/PFot-551, se denomina SPK
Borneo. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta su predisposición a consensuar una solución técnica viable y satisfactoria para ambas partes, que
no conlleve ningún retraso en la tramitación de los proyectos y que pueda suponer el incumplimiento de los hitos a los que las partes están obligadas, de acuerdo con el Real DecretoLey 23/2020, de 23 de junio.
Se han recibido alegaciones de Envatios Promoción XXV, S. L., y Solusol PVI, S. L.,
donde ponen de manifiesto que proyectan unas plantas fotovoltaicas ubicadas en Madrid
que resultan afectadas por el proyecto que comprende este expediente, demandando que se
compatibilice el desarrollo de tales instalaciones. Los proyectos que promueven Envatios
Promoción XXV, S. L., y Solusol PVI, y cuyo código de tramitación ante la Administración General del Estado (AGE) es el SGEE/PFot-723AC, se denominan Envatios XXV y
Envatios XIII. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta su
voluntad para para consensuar una solución técnica satisfactoria para todas las partes, que
no conlleve ningún retraso en la tramitación de los proyectos que pueda suponer el incumplimiento de los hitos a los que las partes están obligadas, de acuerdo con el Real DecretoLey 23/2020. Se ha recibido contestación de Envatios Promoción XXV, S. L., y Solusol
PVI, S. L., donde se expone que varios promotores, entre ellos GR Bisbita Renovables, S. L.,
Envatios Promoción XXV, S. L., y Solusol PVI, S. L., han firmado un “Memorandum de
Entendimiento en relación con la Evacuación conjunta entre los promotores con Acceso al
Nudo La Cereal 400 kV, Tres Cantos GIS 220 kV, Tres Cantos 66 kV y San Sebastián de
los Reyes 220 kV”, mediante el cual las distintas partes expresan su voluntad de encontrar
una solución de evacuación conjunta.
Preguntados la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Torrelaguna,
el Ayuntamiento de El Vellón, el Ayuntamiento de El Molar, Enagás, i-DE Redes, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Subdirección General de Política
Agraria y Desarrollo Rural de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación
de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, la
Subdirección General de Industria e Inspección de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía Hacienda y Empleo de la Comunidad de
Madrid y la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, no se ha recibido contestación por su parte,
por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, con la publicación el 27 de octubre de 2022 en el “Boletín Oficial del
Estado” y con fecha 4 de noviembre de 2022, subsanada el 2 de diciembre de 2022 en el

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