B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240110-7)
Plan de formación –  Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba y da publicidad al Plan de Formación para Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid para 2024 y se abre el plazo de presentación de solicitudes de participación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 8

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE ENERO DE 2024

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La determinación concreta de los programas formativos, así como su ordenación interna, es la que figura en el Anexo III de la presente resolución, con excepción del programa
Foro Abierto.
Los programas formativos se completan con el proyecto de autoformación, cuyo contenido inicial consta asimismo en el Anexo I.
Cuarto
Fines y contenido
1. La misión, objetivos y ejes estratégicos de los diferentes programas son los que
constan en los apartados quinto a décimo de la Resolución de 25 de septiembre de 2013, del
Director General de Función Pública, por la que se dictan instrucciones relativas al procedimiento para la detección anual de necesidades formativas de los empleados públicos al
servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
2. Los contenidos de los diferentes programas, a su vez, se encuentran detallados en
el Anexo III de la presente resolución, con excepción del programa Foro Abierto, cuyas acciones formativas se aprobarán y anunciarán en el momento de su celebración.
Quinto
Nuevas modalidades formativas
1. Durante el período de efectos del presente Plan, y como complemento y desarrollo del mismo, se podrá continuar con el proceso de implantación de nuevas modalidades
formativas, en aras de la modernización y flexibilización de la política de formación y de
su eficacia.
Estas modalidades podrán comprender actuaciones tales como un proyecto de autoformación, la certificación a efectos formativos de la experiencia laboral, la elaboración de píldoras formativas, la homologación de acciones formativas realizadas fuera del ámbito de la
Administración autonómica, la configuración de itinerarios formativos, el aprendizaje
social y colaborativo, la gestión del conocimiento interno y cualesquiera otro sistema que
se determine, en los términos y con los efectos que se contengan en las resoluciones que,
en su caso, se dicten a estos fines.
2. En particular, el proyecto de autoformación se ajustará a lo previsto en el Anexo I
de la presente resolución.
Sexto

1. Dentro de una estrategia de innovación integral de los mecanismos de gestión del
conocimiento, y a fin de garantizar la creciente imbricación entre las funciones, capacidades
y aptitudes precisas para el desempeño por parte del personal al servicio de la Administración autonómica de las tareas que tienen asignadas y el diseño y ejecución de la política formativa, así como de optimizar los mecanismos de retorno de la formación en términos de
mejora de la eficacia en el desarrollo de los servicios públicos prestados a la ciudadanía, desde la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo se ha impulsado la implementación de un
sistema de formación por competencias, a través de la Resolución de la Dirección General
de Función Pública de 21 de diciembre de 2023, por la que se establecen los criterios generales para la aplicación de un modelo de formación por competencias e itinerarios formativos para los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Madrid.
2. A estos efectos, en el Anexo II de la presente resolución se incluye, como experiencia piloto, un primer marco competencial e itinerario formativo correspondiente al personal laboral perteneciente a la categoría profesional de Técnico de Mantenimiento, Grupo III, Área B, nivel 4.
3. A través de los sucesivos planes de formación anuales se aprobarán progresivamente nuevos marcos competenciales e itinerarios formativos, hasta englobar al grueso de
los tipos de puestos de trabajo, categorías profesionales y ámbitos de actividad que conforman esta Administración.

BOCM-20240110-7

Formación por competencias