San Martín de la Vega (BOCM-20240110-59)
Organización y funcionamiento. Ordenanzas fiscales
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 550
MIÉRCOLES 10 DE ENERO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 8
ANEXO
RECOGIDA Y TRANSPORTE DE ANIMALES VIVOS
CONCEPTO
IMPORTE
Por animal
35,28 €
Identificación del animal sin necesidad de recogida y transporte por la personación del propietario o poseedor
15,05 €
ESTANCIA Y MANUTENCIÓN (POR DÍA)
CONCEPTO
IMPORTE
Gatos
3,11 €
Perros y otros
5,18 €
LICENCIAS
CONCEPTO
Expedición de licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos
IMPORTE
22,85 €
SERVICIOS DE ASISTENCIA URGENTE VETERINARIA
CONCEPTO
IMPORTE
Vacunación antirrábica
42,33 €
Vacunación antirrábica con vacuna heptavalent
63,15 €
Implantación de microchip obligatorio
66,78 €
Desparasitación Gatos Perros de menos de 5 Kg. Perros de entre 5 y 25 Kg. Perros de entre 25 y 50 Kg.
29,21 € - 16,57 €
Curras, cirugía, intervenciones urgentes y otros servicios de asistencia sanitaria (*)
22,61 € - 32,90 €
(*) Se aplicará la tarifa del centro veterinario de referencia en el momento de la asistencia más 12,33 euros en concepto de gestión y tramitación.
RECOGIDA Y TRANSPORTE A CENTRO DE PROTECCIÓN ANIMAL
CONCEPTO
IMPORTE
Desplazamiento con recogida
042,32 €
Desplazamiento sin recogida
066,52 €
Desplazamiento en horario de urgencia
187,52 €
Recogida de animal gravemente enfermo, accidentado o lactante
490,02 €
Perro o gato recogido muerto
096,77 €
Esterilización de gatas de colonia
117,12 €
Esterilización de gatos de colonia
066,52 €
Esterilización de gatos de colonia
025,38 €
Estancia de perro hasta adopción (por día
018,12 €
Estancia de gato hasta adopción (por día)
012,07 €
El Ayuntamiento de San Martín de la Vega, en uso de las facultades concedidas por
los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 15 al 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece la tasa
por recogida, retirada, inmovilización y depósito de vehículos de la vía pública, que se regirá por la presente ordenanza fiscal.
Artículo 1. Hecho imponible.—1. Constituye el hecho imponible de la tasa la inmovilización, enganche, desplazamiento y la retirada y el depósito en instalaciones municipales, o en su caso, la activación de estos servicios, de aquellos vehículos estacionados o
ubicados en la vía pública en los que se deba actuar por la Administración municipal de
acuerdo con la legislación vigente. En concreto, se encuentra sujeta a la tasa la prestación
de los siguientes servicios:
a) La retirada y depósito de aquellos vehículos estacionados que impidan la circulación, constituyan un peligro para la misma, la perturben gravemente o no puedan ser conducidos en las debidas condiciones por sus usuarios, en aplicación
del artículo 25 del Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.
b) La retirada y el depósito de aquellos vehículos que permanezcan estacionados en
la vía pública en condiciones que hagan presumir fundada y racionalmente su
abandono o que carezcan de seguro obligatorio.
BOCM-20240110-59
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 6.
REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA Y RETIRADA
DE VEHÍCULOS EN LA VÍA PÚBLICA
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 550
MIÉRCOLES 10 DE ENERO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 8
ANEXO
RECOGIDA Y TRANSPORTE DE ANIMALES VIVOS
CONCEPTO
IMPORTE
Por animal
35,28 €
Identificación del animal sin necesidad de recogida y transporte por la personación del propietario o poseedor
15,05 €
ESTANCIA Y MANUTENCIÓN (POR DÍA)
CONCEPTO
IMPORTE
Gatos
3,11 €
Perros y otros
5,18 €
LICENCIAS
CONCEPTO
Expedición de licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos
IMPORTE
22,85 €
SERVICIOS DE ASISTENCIA URGENTE VETERINARIA
CONCEPTO
IMPORTE
Vacunación antirrábica
42,33 €
Vacunación antirrábica con vacuna heptavalent
63,15 €
Implantación de microchip obligatorio
66,78 €
Desparasitación Gatos Perros de menos de 5 Kg. Perros de entre 5 y 25 Kg. Perros de entre 25 y 50 Kg.
29,21 € - 16,57 €
Curras, cirugía, intervenciones urgentes y otros servicios de asistencia sanitaria (*)
22,61 € - 32,90 €
(*) Se aplicará la tarifa del centro veterinario de referencia en el momento de la asistencia más 12,33 euros en concepto de gestión y tramitación.
RECOGIDA Y TRANSPORTE A CENTRO DE PROTECCIÓN ANIMAL
CONCEPTO
IMPORTE
Desplazamiento con recogida
042,32 €
Desplazamiento sin recogida
066,52 €
Desplazamiento en horario de urgencia
187,52 €
Recogida de animal gravemente enfermo, accidentado o lactante
490,02 €
Perro o gato recogido muerto
096,77 €
Esterilización de gatas de colonia
117,12 €
Esterilización de gatos de colonia
066,52 €
Esterilización de gatos de colonia
025,38 €
Estancia de perro hasta adopción (por día
018,12 €
Estancia de gato hasta adopción (por día)
012,07 €
El Ayuntamiento de San Martín de la Vega, en uso de las facultades concedidas por
los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 15 al 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece la tasa
por recogida, retirada, inmovilización y depósito de vehículos de la vía pública, que se regirá por la presente ordenanza fiscal.
Artículo 1. Hecho imponible.—1. Constituye el hecho imponible de la tasa la inmovilización, enganche, desplazamiento y la retirada y el depósito en instalaciones municipales, o en su caso, la activación de estos servicios, de aquellos vehículos estacionados o
ubicados en la vía pública en los que se deba actuar por la Administración municipal de
acuerdo con la legislación vigente. En concreto, se encuentra sujeta a la tasa la prestación
de los siguientes servicios:
a) La retirada y depósito de aquellos vehículos estacionados que impidan la circulación, constituyan un peligro para la misma, la perturben gravemente o no puedan ser conducidos en las debidas condiciones por sus usuarios, en aplicación
del artículo 25 del Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.
b) La retirada y el depósito de aquellos vehículos que permanezcan estacionados en
la vía pública en condiciones que hagan presumir fundada y racionalmente su
abandono o que carezcan de seguro obligatorio.
BOCM-20240110-59
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 6.
REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA Y RETIRADA
DE VEHÍCULOS EN LA VÍA PÚBLICA