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Convenio –  Convenio de 7 de diciembre de 2023, entre el Servicio Madrileño de Salud y el Ayuntamiento de Leganés para la gestión de un Centro de Tratamiento de Adicciones (C. T. A.)
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B.O.C.M. Núm. 7

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE ENERO DE 2024

3. Garantizar una prestación asistencial homogénea a los pacientes mediante la
implementación de protocolos asistenciales en toda la Red Asistencial, elaborados por el SERMAS que ya han sido facilitados a los responsables del
Ayuntamiento previamente a la firma del presente convenio, conociendo su
contenido.
• Protocolo I: Trastorno por consumo de sustancias.
• Protocolo II: Valoración de otras patologías concomitantes.
• Protocolo III: Protocolo de tratamiento.
• Protocolo IV: Evaluación de la eficacia.
• Protocolo V: Atención Temprana.
• Protocolo VI: Adicciones comportamentales.
4. Asegurar el tratamiento hospitalario de la adicción para pacientes afectados
por una compulsión que no pueda ser abordada en el ámbito ambulatorio.
5. Facilitar el apoyo residencial al tratamiento ambulatorio de pacientes en situaciones de vulnerabilidad.
6. Incluir en la historia clínica de los pacientes las actuaciones asistenciales que
los sanitarios realizan sobre cada uno de ellos a través de AP-Madrid, la herramienta informática utilizada en Atención Primaria que permite registrar
diagnósticos, tratamientos y evolución de los pacientes, así como programar
las citas con los profesionales, entre otras.
7. Facilitar a los facultativos la prescripción farmacéutica mediante el acceso al
Módulo Único de Prescripción (MUP) para el desempeño de su actividad
vinculada al convenio.
8. Facilitar a cada centro los sustitutivos opiáceos (metadona, metasedín y otros)
prescritos a los pacientes en tratamiento, así como materiales de dispensación.
9. Facilitar a cada centro la realización de los controles de drogas en orina, mediante entrega del material necesario así como del transporte de muestras al
laboratorio, realización de determinaciones analíticas y acceso a resultados.
B) El Ayuntamiento de Leganés se compromete a:
1. Tratar a los ciudadanos de su municipio y zona de influencia que lo soliciten y
con diagnóstico de trastorno relacionado con sustancias u otras adicciones sin
sustancia según el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales DSM-5 (anexo II), contemplando también el derecho a la libre elección
de centro de los pacientes.
2. Habilitar circuitos asistenciales diferenciados para pacientes menores de edad.
3. Disponer de un centro asistencial con una adecuada dotación de mobiliario,
telecomunicaciones y fungibles, incluido su mantenimiento, y que disponga
de la correspondiente autorización sanitaria y la cartera asistencial establecida por el SERMAS. Todas las actuaciones se realizarán en un solo centro.
4. Atender en horario de lunes a viernes en días laborables en turno de mañana e
incluirá, al menos, una tarde a la semana a efectos de favorecer la accesibilidad a los pacientes con perfiles diagnósticos más normalizados.
5. Aportar todos los medios materiales, excepto los expresamente indicados
como obligaciones para el SERMAS.
6. Disponer de personal sanitario que, como mínimo, habilite para la autorización de las siguientes unidades: U.70-Psicología clínica. U.1-Medicina General/de Familia. U2-Enfermería. U72-Obtención de muestras. U71-Atención
sanitaria a drogodependientes.
7. Adaptar e implementar los Protocolos Asistenciales proporcionados por el
SERMAS.
8. Llevar y mantener actualizado el registro de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable, así como el resto de obligaciones establecidas en el acuerdo de encargo de tratamiento, que figura como anexo IV del
presente convenio.
9. Facilitar a las personas atendidas las prestaciones sociales correspondientes.
10. Realizar encuestas de satisfacción de pacientes de acuerdo con los requerimientos del SERMAS.
11. Establecer una planificación de horas asistenciales del personal sanitario que
permita objetivar la carga asistencial en cada uno de los servicios.
12. Informar de la actividad realizada mediante el envío mensual y anual al SERMAS de indicadores de seguimiento y evaluación que se requieran.

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